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— SATMX (@SATMX) 28 de marzo de 2016
#ComunicadoSAT Disponible la aplicación para presentar la Declaración Anual. Más información en https://t.co/PQuugfcntP.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que está lista y disponible –a través de su portal de Internet– la aplicación (app) para que todas las personas físicas puedan presentar en tiempo y forma su declaración anual 2015 de forma rápida y sencilla.
Indicó que la herramienta es intuitiva, fácil de utilizar e identifica al contribuyente de acuerdo con el tipo de sus ingresos, mientras que los asalariados tienen la opción prellenada, que sólo deben revisar y, si están de acuerdo, enviarla.
¿Cómo funciona la app?
El SAT explicó que la app, denominada «Declaración Anual 2015, personas físicas», cuenta con tres modalidades para quienes sólo tienen ingresos por salarios (asalariados) y una más para el resto de las personas físicas.
Y para tener acceso, en todos los casos, se requiere que el contribuyente tenga a la mano e ingrese su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), contraseña y la Firma Electrónica (Fiel).
Opciones para asalariados:
1. Modalidad con declaración propuesta, disponible en dispositivo móvil. Ésta es dirigida a los contribuyentes con ingresos por salarios o bien, con intereses, cuando éstos son inferiores a mil pesos, correspondientes a un sólo empleador.
Está recomendada para quienes tengan deducciones personales amparadas con factura electrónica que correspondan a gastos médicos, gastos funerarios, primas por seguros de gastos médicos mayores, donativos o colegiaturas, y que presenten un saldo a favor inferior a 10 mil pesos y que hayan presentado su declaración anual del ejercicio de 2013 o 2014.
2. Modalidad con precarga de ingresos y gastos. Ésta aplica para el contribuyente que no recibió propuesta o no la aceptó. Permite que el usuario clasifique, del total de las erogaciones amparadas en una factura electrónica, las que son deducciones personales o bien, agregar aquéllas que no localiza, o que, por su naturaleza, no están amparadas en una factura. Ejemplo; aportaciones complementarias de retiro, intereses reales.
En este caso, indicó, la declaración se llena en automático; la clasificación se hace desde el propio aplicativo y en los casos de erogaciones amparadas en una factura no es necesario que el contribuyente recurra a sus documentos impresos, y es necesario que haya presentado declaración por el ejercicio de 2013 o 2014.
3. Modalidad declaración sólo con precarga de ingresos. En este caso, prellena sólo los ingresos; y la captura de las deducciones personales es libre. Es una versión ya conocida; fácil de llenar y también disponible en dispositivo móvil.
Opción para el resto de personas físicas
El SAT informó que el resto de las personas físicas con ingreso distintos del salario o salarios combinados con otra actividad tienen a su disposición el DeclaraSAT, que ya es conocido por la mayoría de los conytibuyentes.
En este caso, se precargan los ingresos por salarios o asimilables, pagos por separación, servicios profesionales y arrendamiento (cuando la persona física el prestó este tipo de servicio a una moral) e intereses y la captura de las deducciones personales es libre.
En todos los casos se precargan las cuentas bancarias, cuando éstas fueron confirmadas por las instituciones de crédito.
Devoluciones
En este contexto, la autoridad fiscal señaló que que todos los contribuyentes que reciben ingresos por salarios pueden presentar la declaración anual y si tienen deducciones personales, tiene la opción de solicitar la devolución del saldo a favor del impuesto sobre la renta.
En el caso de las personas físicas cuyos ingresos provienen de arrendamiento, intereses, y/o actividad empresarial, también pueden utilizar el DeclaraSAT para presentar la declaración y recordó que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal, no están obligados a presentar la declaración.
El SAT abundó que las personas físicas pueden obtener una devolución de impuestos al presentar deducciones personales en su declaración anual como gastos médicos, hospitalarios, intereses reales pagados por créditos hipotecarios, donativos, entre otros, y si tienen saldo a favor deben confirmar o agregar su cuenta Clabe y el nombre de su banco.
Recordó que los contribuyentes que les resulte saldo a cargo pueden obtener su línea de captura y pagar en ventanillas bancarias o directamente por Internet con cargo a su tarjeta de crédito o débito, o bien optar por pagar hasta en seis parcialidades sin necesidad de garantizar el interés fiscal.
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