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El ABC del proceso de extradición de “El Chapo”

La SRE se encuentra dentro del plazo de 20 días hábiles para autorizar la extradición de Joaquín “El Chapo”, Guzmán a Estados Unidos

México aprueba extradición de “El Chapo” Guzmán a Estados Unidos

La Secretará de Relaciones Exteriores (SRE) se encuentra dentro del plazo de 20 días hábiles para autorizar la extradición de Joaquín “El Chapo” Guzmán a Estados Unidos. Esto luego de que dos   jueces federales avalaran la legalidad de la extradición del líder del Cártel de Sinaloa.

“La extradición tiene como base una cooperación internacional y tiene la finalidad de que una persona sea entregada a otro país que es el requirente, en este caso Estados Unidos. Y tiene dos objetivos: que exista una investigación en el país al que se va a extraditar para juzgarlo formalmente o que se le extradite para ir a cumplir una sanción”, señaló Octavio Martínez, especialista en derecho procesal penal de la Universidad Iberoamericana.

De acuerdo con  Martínez, en México la figura de la extradición es un procedimiento dualista. Tiene un elemento jurídico y administrativo donde intervienen dos autoridades:  el poder Ejecutivo a través de la SRE y el poder judicial a través de un juez de distrito.

“Es un proceso administrativo, no un proceso penal. De tal forma que se verifican sólo cuestiones administrativas. Por eso el extraditable (El Chapo) se queja porque no lo han escuchado o no le permiten ofrecer pruebas o interrogar a quien le acusan.

Martínez detalló que hay una ley de extradición internacional mexicana en la cual se rige cómo son las extradiciones. Dicha ley se aplica cuando no exista tratado internacional con países específicos. Pero México si tiene un tratado internacional con Estados Unidos en materia de extradición, lo cual  significa que se va a ajustar al tratado que se firmó en 1978 el cual se suscribió en México.

Así comienza el proceso de extradición:

1. Hay una solicitud formal, en este caso por parte de Estados Unidos quien solicita que se extradite a un individuo que se encuentra en territorio nacional para ser juzgado o cumplir una pena. En el caso de El Chapo, es para ser juzgado.

2. Esta solicitud se recibe vía diplomática en la Secretaría de Relaciones Exteriores donde se verifica que se cumplan requisitos básicos como la traducción, que se hagan las constancias necesarias, que acompañe las normas que se apliquen a los hechos y delitos, así como  normas que van  a ser aplicables, así como antecedentes de la investigación que se tienen en EU.

3. Después la SRE envía una petición a la PGR para que pida a un juez federal una orden de detención con fines de extradición. En este caso, a Joaquín Guzmán se le notificó en Altiplano.

4. Una vez establecida la detención provisional, el juez federal le hace saber al extraditable los motivos de petición del solicitante, en este caso de EU y se le enseñan los documentos. En este punto, lo único que puede argumentar es que la petición no se ajusta o que él no es la persona que buscan, es lo único porque este proceso no se trata de ver si es culpable o no, por eso se lo llevan allá, para determinar si es culpable. Al respecto, sólo tiene tres días para defenderse, señaló Octavio Martínez, especialista en derecho procesal penal de la Universidad Iberoamericana.

5. Después el juez de distrito emite una opinión jurídica, que es donde termina la labor del juez de distrito. Al respecto, hace unos días se dio a conocer que un juez de distrito había emitido una opinión jurídica sobre que es procedente de la extradición de Guzman Loera.

6.  La opinión jurídica se envía a la SRE junto con el expediente, con esto la dependencia tiene  20 días para que emita a su vez una opinión que determine o no la extradición. Que es en el periodo en el que se encuentra la SRE.

7. Una vez que la SRE emita que es favorable o no la extradición, de inmediato entrega a la PGR al extraditable para su entrega inmediata.

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