Las "cláusulas del miedo" en el futbol internacional

Con el pretexto de protegerse, clubes y agentes ponen todo tipo de condiciones al prestar a sus futbolistas.

Más allá de lo deportivo, el enfrentamiento entre Chelsea y Atlético de Madrid en semifinales de Champions League, llamó la atención por el rumor de que, una de las figuras del conjunto colchonero, el portero Thibaut Courtois, estaría inhabilitado para jugar ante los Blues.

¿La razón? Chelsea es el dueño de los derechos del arquero belga, a quien prestó al Atlético de Madrid, pero con la condición de, en caso de enfrentarse, no alinearía ante ellos a menos que el club español pagara una multa de tres millones de euros.

Esta práctica, muy común en el futbol europeo, adquirió dimensiones internacionales por la importancia del encuentro entre los clubes europeos. Lo cierto es que desde hace tiempo existen las llamadas “Cláusulas del miedo“, lo que sencillamente es, que un jugador no puede enfrentarse al equipo que lo cedió, y si lo hace, el conjunto receptor debe pagar una suma previamente estipulada.

En medio de la discusión sobre si esto es ético o no, en Europa se sigue practicando. Los equipos prestan a los jugadores exigiendo varias condiciones que son avaladas por los agentes, y aceptadas por el club receptor y los propios jugadores.

Hay argumentos a favor y en contra de esta práctica. Por un lado se cree que es una maniobra que desvirtúa la competencia justa y que atenta contra la libertad de trabajo; y por el otro, se sostiene que es una tontería pagarle a un jugador para que, cedido, te marque un gol.

Los orígenes:

Dos casos, no muy lejanos, en el futbol español fueron el detonante para que los clubes comenzaran a utilizar este tipo de cláusulas. En 2003, el delantero Pedro Munitis, del Real Madrid, cedido al Racing de Santander, anotó en El Sardinero el gol de la victoria sobre los merengues. Pero lo que más le caló a los Merengues fue que en la Champions League 2003/2004, un gol de Fernando Morientes, cedido al AS Mónaco, los sacara de la competencia.

José Callejón: El extremo español nació en el Real Madrid, pero los Merengues lo traspasaron al Espanyol de Barcelona. En la primera oportunidad que tuvo de volver al Bernabeu se llevó un gran disgusto, pues por contrato no podía enfrentarse a su ex equipo; a pesar de que viajó a Madrid, realizó entrevistas y se preparó para lo que creía, sería su regreso al estadio que lo vio nacer.
“Fue un disgusto porque para mí era especial”, comentó después.
 

Javi Moreno. En 2005, este delantero español jugaba con el Real Zaragoza, pero sus derechos pertenecían  al Atlético de Madrid; y cuando su equipo tuvo que enfrentar a los Colchoneros, él se ofreció a pagar la mitad de los 180,000 euros que el Zaragoza debía pagarle al equipo madrileño en caso de alinearlo.
 

Sergio Canales. La entonces joven promesa del Real Madrid fue cedido al Valencia en 2011 y aunque el conjunto “Che” buscó la manera de anular la Clásula del miedo; la Casa Blanca no cedió, y mientras el jugador mantuviera la condición de prestado no podría enfrentarse al Madrid, aunque la ficha del jugador la pagaban los naranjas.
 

Pedro León. El también ex madridista se fue en cesión al Getafe. En el Real Madrid, entonces dirigido por José Mourinho, el mediocampista español, no tuvo oportunidad de tener minutos, por que lo que su salida del club blanco fue lo mejor para su carrera.

Sin embargo, él tampoco pudo enfrentarse a su equipo de origen cuando el Getafe visitó el Real Madrid, si alineaba, su equipo debía pagar 2 millones de euros a los Merengues, su suelo de todo un año.

Premier League. En esta competición, está estipulado por reglamento, que los jugadores cedidos no puedan enfrentarse a su club de origen. Esto se menciona en la sección 7.2 de la regla M.6.

No obstante, esta cláusula no sólo aplica a enfrentamientos de Liga, en Copa y competiciones internacionales sí pueden alinear.

Como hemos visto, el club que con mayor severidad impone esta Cláusula es el Real Madrid, pero no sólo ellos, la mayoría de los equipos españoles, y todos los ingleses (por reglamento), ocupan  este recurso al ceder jugadores.

Destaca el caso del Barcelona, quien nunca impone la Cláusula del Miedo.

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