Nacional

Alcoholímetros permanentes en todo México y límite a velocidad, por nueva ley de movilidad

El nuevo ordenamiento busca reducir la cifra de muertes por accidentes viales en la república mexicana

El programa de alcoholímetro se extenderá en todo el país de forma permanente, estipula la recién aprobada Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que además topa los límites de velocidad en carreteras de las 32 entidades, ambos parámetros con la idea central de reducir los índices de muerte que se registran a causa de accidentes de tránsito.

Aprobada este martes por la Cámara de Diputados, pero con reservas que se discutirán en el Senado de la República, el nuevo ordenamiento establece lineamientos como el uso de casco obligatorio para los usuarios de motocicletas, esto debido a que solo en algunas ciudades se exige el uso de esta protección.

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Entre los puntos más importantes que se aprobaron para el dictamen aparece el programa de alcoholímetro, por el cual gobiernos de todo el país tendrán que armonizar sus leyes para que pongan en funcionamiento este esquema de sanción con todos los conductores que manejen en estado de ebriedad.

Así, se imponen velocidades máximas, accesibilidad a los espacios públicos y medidas como el uso obligatorio del cinturón de seguridad, casco para motociclistas, prohibición del uso del teléfono móvil y alcoholímetro permanente en todo el país.

En entrevista con Publimetro, la diputada del Grupo Parlamentario del PAN, Rocío Reza, aseguró que la aprobación de la ley es un logro de las personas que han sido directamente afectadas por los diversos incidentes viales.


Celebración a medias

Pese a la aprobación, organizaciones de la sociedad civil como Refleacciona con Responsabilidad y El Poder del Consumidor resaltan que algunos diputados presentaron reservas con el objetivo de obstaculizar el proceso legislativo por presiones de las industrias automotriz y de autotransporte, a través de la Secretaría de Economía.

Ambas organizaciones civiles afirmaron que se puso en riesgo con estas reservas el piso mínimo para la protección a todas las personas usuarias de la vía e incluso señalaron que los legisladores cedieron a presiones de la industria.


Los puntos más importantes de la nueva ley:

  • Todas las personas que realicen el trámite para obtener o renovar una licencia o permiso de conducir, deberán acreditar el examen de valoración integral que demuestre su aptitud para ello, así como el examen teórico y práctico de conocimientos y habilidades necesarias.
  • Límites de velocidad: 30 km/h en calles secundaras y terciarias; 50km/h en avenida primarias; 80 km/h en avenida de accesos controlados; 80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 110 km/h para automóviles y 95 km/h para autobuses.
  • Establece que aquellos conductores que sean sorprendidos manejando bajo el influjo del alcohol o cualquier droga, se les retirará la licencia de conducir por más de un año.
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  • Se crea un Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, que será el mecanismo de coordinación entre las autoridades competentes en materia de movilidad y seguridad vial.
  • Obligación de las entidades federativas y los municipios de realizar pruebas de alcoholemia de manera permanente para evitar que conductores manejen bajo el efecto del alcohol.
  • Queda prohibido conducir con una alcoholemia superior a .25mg/L en aire espirado o 0.05g/dL en sangre.
  • Las personas que conduzcan motocicletas no deberán hacerlo con una alcoholemia superior a 0.1mg/L en aire aspirado o 0.02g/dL en sangre.
  • Para vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga queda prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol por espiración o litro de sangre.
  • El cinturón de seguridad de forma obligatoria para todos los pasajeros de vehículos motorizados.
  • Establece las bases para priorizar los modos de transporte de personas, bienes y mercancías, con menor costo ambiental y social, la movilidad no motorizada, vehículos no contaminantes y la intermodalidad.
  • El diseño de políticas públicas en materia de movilidad deberán favorecer a las personas en la siguiente jerarquía: peatones, ciclistas, personas usuarias de vehículos no motorizados, usuarios y prestadores de servicio en el transporte público.
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