El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) instruyó a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) que dé a conocer los números telefónicos que hostigan a usuarios para vender productos y/o servicios.
En los últimos meses, millones de usuarios de telefonía móvil han recibido llamadas reiteradas de call centers donde se ofrecen seguros de vida, tarjetas de crédito y de más productos y/o servicios, por lo que el Instituto de Transparencia ordenó que “debe dar a conocer los números telefónicos reportados por personas que siguen recibiendo publicidad de entidades financieras, a pesar de estar registradas en el Registro Público de Usuarios (REUS)”.
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“Es lo que el INAI garantiza, derechos; que, en este caso, otorgan elementos para terminar con las llamadas telefónicas que hostigan a las personas usuarias de entidades financieras”, apuntó Adrián Alcalá, comisionado del Inai al reconocer que las llamadas que se hacen de manera insistente violan los derechos de los usuarios de telefonía móvil.
Alcalá Méndez destacó que existe otra herramienta que permite frenar estas llamadas: presentar una denuncia ante el Inai, donde señalen los hechos, para que el organismo garante los analice y determine si hubo un mal tratamiento de los datos que proporcionan las personas, a las y los responsables de garantizar su protección.
Como incentivo, el Instituto recordó que, en lo que va del año, han promovido multas millonarias (11 millones de pesos) a quien infringe la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPFP), asimismo, especificó que uno de los sectores que concentra los montos más altos por estas multas son precisamente los servicios financieros con 36.76% del total de estas multas.
Particularmente sobre este caso, la determinación se tomó porque un ciudadano presentó un recurso de revisión ante el Inai tras recibir una respuesta de la Condusef que le inconforme, pues no localizó los números telefónicos reportados por usuarios registrados en el REUS y que siguen recibiendo publicidad.
Al analizar el caso, el comisionado Adrián Alcalá señaló que “se utilizó un criterio restrictivo en la búsqueda de la información solicitada, limitándose únicamente a indicar que no localizó como tal un registro de números telefónicos, reportados por personas usuarias que estén registradas en el REUS y que sigan recibiendo publicidad”, por lo que se instruyó la publicación de la información solicitada.