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¿Cuánto deben pagarte si vas a trabajar en Navidad y Año Nuevo?

El 25 de diciembre y 1 de enero están considerados como días de descanso obligatorios; la empresa deberá de pagarte al triple por cada día de trabajo

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recordó que los próximos 25 de diciembre y 1 de enero, están considerados como días de descanso obligatorios, señalados en el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) emitida por el Diario Oficial de la Federación del Gobierno de México.

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Por ello, la empresa para la que trabajas deberá de pagarte al triple si vas a trabajar durante Navidad y Año Nuevo, recibiendo tu salario normal más un salario doble por laborar durante días festivos que deberá pagarte tu patrón de manera obligatoria.

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De acuerdo con el Artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo de México, los trabajadores no tienen la obligación de prestar sus servicios durante sus días de descanso, por lo que, el patrón deberá pagarle al empleado un salario doble por el servicio prestado, independientemente del salario que le corresponda.

¿Cuánto debe pagarte la empresa?

Un ejemplo claro es que si tu salario diario es de 300 pesos mexicanos, entonces tu patrón o la empresa a la que le prestas tus servicios deberá de pagarte esa cantidad más el doble, que serían 600 pesos y además deberá agregar el total de la prima dominical que representa el 25% del salario diario.

Tomando en cuenta lo establecido en la LFT y el ejemplo anterior, entonces deberías de recibir un total de 975 pesos mexicanos por cada día que labores, en este caso por Navidad y por Año Nuevo.


Si no tiene presente cuál es tu salario diario, puedes dividir el total de tu sueldo mensual entre 30 y obtendrás como resultado la cantidad que te paga la empresa por cada día que laboras.

¿Qué hacer si no quieren pagarte lo que corresponde?

En caso de que tu centro de trabajo no cumpla con lo establecido en la Ley Federal de Trabajo, la STPS recomienda denunciarlo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría legal gratuita.

Podrás denunciar ante la Profedet desde cualquier lugar de la República Mexicana en los siguientes números telefónicos y a su correo electrónico:

  • 01800 911 7877
  • 01 800 717 2942
  • orientacionprofedet@stps.gob.mx
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