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¿Espectáculos con drones son un peligro para los aviones en CDMX?

Loa especatáculos de drones se ofrecen cada vez con mayor frecuencia en la Ciudad de México, esto es lo que sabemos sobre su uso y zonas prohibidas.

En el espacio aéreo de la Ciudad de México se llevan a cabo espectáculos con drones cada vez con más frecuencia. Este fin de semana se realizó un espectáculo de drones en las cercanías de la Plaza de Toros, una zona con restricciones de altura para los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS, por sus siglas en inglés); pero ¿esto implica algún riesgo para los aviones tripulados?

De acuerdo con la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), está prohibido operar un dron en los aeropuertos, aeródromos y helipuertos; así como en zonas peligrosas, restringidas y de carácter federal como el Zócalo, el Palacio Nacional, el Palacio Bellas Artes, el Monumento a la Revolución, y la Central de Abastos.

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Según el portal dji.com, donde se pueden consultar mapas que especifican las zonas seguras para volar drones, en cuáles está prohibido y las que tienen restricciones; la zona en la que se ubica la Plaza de Toros tiene una altitud de vuelo limitada a 150 metros, por lo que las aeronaves pilotadas a distancia pueden volar o participar en espectáculos si no exceden esa altura.

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Si bien en la CDMX no hay antecedentes de accidentes que involucren a RPAS con aeronaves tripuladas, si los drones vulneran las áreas restringidas podrían poner en peligro a pasajeros y carga de aviones, como la colisión entre un dron estadounidense y un avión de caza ruso sobre el Mar Negro, ocurrido en marzo de 2023, y otros incidentes de esta índole, reportados en países como España.

¿Cuáles son los requisitos para volar un dron en CDMX?

La NOM-107-SCT3-2019, que establece los requerimientos para operar un RPAS en el espacio aéreo mexicano señala que:

  • Los RPAS se clasifican en micro (2 kilogramos o menos), pequeño (de 2.001 kg hasta 25 kg) y grande (25 kilogramos o más).
  • Cuando los drones pesan menos de dos kilos no necesitan permiso; mientras que de 2.001 a 25 kg, necesitan tramitar un permiso de operación que emite la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
  • En caso de drones de más de 25 kilos, se tendrá que tramitar otro permiso ante la DGAC en el que se compruebe la mayoría de edad y la nacionalidad mexicana; además de deberá contar con un certificado de instrucción emitido por algún centro reconocido por la autoridad aeronáutica.

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