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¿Campaña de desprestigio? Esto es lo que sabemos sobre la fiesta de altos funcionarios de la Fiscalía CDMX

La Fiscalía aseguró que la difusión de las imágenes y videos se trata de una campaña de desprestigio en contra de la institución

Una fiesta organizada por altos funcionarios de la Fiscalía General de Justicia de la CDMX (FGJCDMX), para la celebración del cumpleaños del coordinador de las fiscalías regionales, Oliver Pilares, causó polémica después de la filtración de las imágenes y videos por parte del periodista Carlos Jiménez.

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Después de asegurar que la celebración se había llevado a cabo en horario laboral, con recursos públicos asignados a la dependencia, la institución del gobierno capitalino salió a desmentir dicha información que comenzó a circular a través de diferentes medios de comunicación

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La Fiscalía de la CDMX emitió un comunicado en el que calificó los hechos de la fiesta como una campaña de desprestigio para dañar la imagen de la institución y el trabajo de los servidores públicos que la integran, bajo el mandato de la fiscal Ernestina Godoy, quien también se dio cita a la fiesta organizada el pasado viernes 21 de abril en el Centro Histórico.

“Dicho video, mostrado sin ningún contexto y sin ética alguna, es parte de una campaña de desprestigio que busca desvirtuar el trabajo y los resultados obtenidos por esta Fiscalía con acusaciones malintencionadas”, dijo la institución.

La Fiscalía precisó que la reunión no significa ninguna falta a la ley y los videos se obtuvieron de manera indebida, en contra de la privacidad de los asistentes al evento, quienes costearon los gastos de la fiesta de su propia bolsa.


“Las responsabilidades de las personas que asistieron, en ningún momento dejaron de cumplirse, ni se vio afectado el trabajo de la institución. Ningún empresario asistió a dicha reunión ni cubrió gasto alguno de la misma”.

De acuerdo con el comunicado, el trabajo de los servidores de la Fiscalía no se mide por una fiesta y su labor se puede comprobar.

“El trabajo y los resultados de las personas servidoras públicas que asistieron a dicha reunión son comprobables y censables, no se miden derivado de una reunión”.

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