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Familia de adolescente golpeado en restaurante denuncia a presunto abogado

La fiscalía de San Luis Potosí inició una investigación de oficio por la golpiza que le propinaron al trabajador del restaurante

La familia del adolescente de 15 años, que fue golpeado dentro de un restaurante en la capital de San Luis Potosí, acudió a la Fiscalía General del Estado para presentar la denuncia correspondiente en contra del agresor, quien en redes sociales fue identificado como Fernando Medina, experto en artes marciales y supuesto abogado.

Aunque desde que se difundió el video de la agresión, la fiscalía estatal inició con la investigación de oficio correspondiente por el ataque ocurrió la tarde del 31 de julio.

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“Agentes del Ministerio Público tomaron conocimiento de la agresión que sufrió el joven de 15 años de edad, en un establecimiento ubicado en las calles de Rutilo Torres y Amatista, donde derivado del ataque resultó con heridas de consideración que requirieron internamiento médico”.

Sobre el estado de salud del adolescente, se dio a conocer que tiene fracturas en nariz y pómulo, por lo que recibe atención médica para que pueda sanar de sus heridas.

“Este caso se aclarará a plenitud y que el supuesto agresor no quedará impune, al tiempo que se buscará la reparación del daño y las garantías de seguridad para la víctima”.

Asimismo, el gobernador de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo, afirmó que la agresión no quedará impune y el joven tendría toda la atención médica que requiera.


“Deseo la pronta recuperación del joven agredido en su centro de trabajo, ponemos a su disposición toda la atención médica que requiera. Ya pedimos a la Fiscalía General del Estado intervenga en este asunto. Nadie por encima de la Ley”, escribió en Twitter.

¿Qué sanciones hay en el estado para las lesiones?

En el Código Penal de San Luis Potosí el capítulo III se refiere a las lesiones y sus sanciones, la personas que cause heridas a otra, pero sin que pongan en riesgo su vida y sanen en menos de 15 días tendría una pena de unos a tres meses de prisión y una sanción económica de diez a treinta días del valor de la unidad de medida y actualización.

En caso de que las heridas tarden más de 15 días en sanar, el encarcelamiento será de cuatro meses a dos años de prisión, la sanción económica será de cuarenta a doscientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

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“Cuando dejen al ofendido una cicatriz notable y permanente en la cara o en uno o ambos pabellones auriculares, se impondrá una pena de uno a cuatro años de prisión y sanción pecuniaria de cien a cuatrocientos días del valor la unidad de medida y actualización”, establece el artículo 137.

Y añade: “Cuando produzcan en el ofendido debilitamiento, disminución o perturbación de las funciones, órganos o miembros, o perturbación de facultades, se impondrá una pena de dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización”.

Finalmente, el artículo 138 establece: “Al que infiera lesiones que pongan en peligro la vida se le impondrá una pena de uno a seis años de prisión y sanción pecuniaria de cien a seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización, sin perjuicio de las sanciones que le correspondan”.

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