El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los formatos y las sedes para los tres debates entre las candidaturas a la Presidencia de la República. Además, por mayoría de votos, se estableció la obligatoriedad para la participación de las candidaturas en los tres debates presidenciales y, en caso de no presentarse, incluso podrían perder su candidatura.
Durante la sesión, la consejera Carla Humphrey exhortó a los medios de comunicación a transmitir no solo dos, como lo establece la ley, sino los tres debates. Asimismo, instó a las candidaturas a que, en su momento, se registren y asistan a los tres encuentros informativos para cumplir con el mandato de garantizar el derecho de acceso a la información de la ciudadanía.
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En cuanto a las posibles consecuencias para aquellos candidatos que no participen en los debates (Claudia Sheinbaum, Xóchitl Gálvez y Jorge Álvarez Máynez), la consejera Dania Paola Ravel señaló que los contendientes podrían ser sancionados.
El CG del @INEMexico aprobó el formato y la sede de cada debate quedando de la siguiente forma:
— Carla Humphrey (@C_Humphrey_J) January 18, 2024
1. INE - Formato A
2. Estudios Churubusco - Formato B
3. CCU Tlatelolco - Formato C
Asimismo, se aprobó que todos los debates fueran OBLIGATORIOS para candidaturas y concesionarios. pic.twitter.com/3ER0oXMk8O
Por su parte, la consejera Rita Bell López reiteró que la sanción está contemplada en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Sin embargo, expresó que no ve razón para que alguno de los candidatos falte.
¿Cuáles son las sanciones a las que podrían enfrentarse?
Aunque en la sesión los consejeros del INE no mencionaron exactamente qué infracciones podrían imponerse, el artículo 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prevé multas de hasta 10 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a más de un millón 85 mil pesos para partidos políticos. En el caso de candidatos, la multa asciende a 5 mil veces la UMA, es decir, poco más de 542 mil pesos.
No obstante, la ley también establece que el incumplimiento puede llevar a la pérdida del derecho del precandidato infractor a ser registrado como candidato o, en su caso, a la cancelación de su candidatura.