Las mujeres trabajadoras menstruantes que presenten algunos padecimientos que las incapaciten para realizar sus labores podrán tener acceso a la “licencia menstrual”, de acuerdo a la publicación del Periódico Oficial de Nuevo León.
Quienes hayan sido diagnosticadas con dismenorrea o endometriosis podrán ausentarse de sus actividades por lo menos durante dos días sin que esto afecte sueldo o prestaciones.
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A través de este decreto, el gobierno modificó las fracciones XIX y XX del artículo 36, adiciona el artículo 24 Bis 7 e incorporó la fracción XXI al artículo 36 de la Ley del Servicio Civil que otorgará la incapacidad laboral a quien lo solicite y compruebe con diagnóstico médico que tiene estos padecimientos.
Las mujeres que lo necesite deberán presentar el certificado de salud correspondiente. Este deberá incluir firma y cédula del médico. Se aceptarán valoraciones públicas o privadas.
La publicación añade que la incapacidad es por dos días y, en caso de que sea posible, las mujeres pueden trabajar a distancia.
Si no aplica el home office su ausencia no deberá afectar sueldo o alguna otra situación laboral.
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De esta forma el Gobierno de Nuevo León da un primer paso para garantizar los derechos laborales de las mujeres menstruantes, mientras que en otros estados y en la propia Ciudad de México aún no avanzan las iniciativas.