Opinión

Investigación contra Peña Nieto no significa culpabilidad

Una de las noticias que más trascendió la semana pasada, sin duda, fue la relativa a que la Fiscalía General de la República abrió una carpeta de investigación en contra el expresidente Enrique Peña Nieto, así lo señaló el titular de la UIF Pablo Gómez, derivado de que se detectó un esquema por el cual recibió más de 26 millones de pesos vía transferencias internacionales de México a España entre 2019 y 2021, y tener “vínculos cooperativos” con dos empresas con presuntas irregularidades fiscales.

Soy muy puntual, más allá de la parte mediática y política que involucra este caso, el inicio de una carpeta de investigación por parte de la FGR, implica que se llevará a cabo una investigación, que no significa la culpabilidad del investigado, dado que un principio fundamental que rige en nuestro sistema de justicia penal, así reconocido por el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es el derecho de toda persona a que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia ejecutoriada emitida por el juez de la causa.

Mientras que de acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el acusado debe de ser considerado inocente y tratado como tal mientras no se determine su culpabilidad mediante sentencia judicial.

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En este sentido, desde luego que en un estado de derecho como nuestro país, las autoridades competentes deben cumplir y seguir estrictamente los principios que la Constitución Federal establece y que son aplicables a todas las personas, sin distinción, de ahí que, si bien es cierto que existe una carpeta de investigación en contra del expresidente de México Peña Nieto, también es verdad que debe ser tratado como inocente en tanto no se declare su culpabilidad por virtud de una sentencia condenatoria.

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