Opinión

Una Alerta Amber inmediata

De diciembre de 2018 al cierre de 2022, más de 2 mil menores de edad fueron víctimas del delito de trata de menores

En nuestro país desapareceren a diario 14 niñas, niños y adolescentes, un caso cada dos horas, de acuerdo con la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM).

Por eso es que en el Senado de la República, aprobamos una reforma para reforzar la Alerta Amber, con la intención de que en el momento de presentar la denuncia formal de desaparición ante la autoridad, se emita de manera inmediata y de conformidad con su protocolo nacional.

El informe “La Infancia Cuenta en México 2022 Niñez y Desapariciones de Redim, destaca que desde que se tiene registro (1964) a la actualidad, 87 mil 436 niñas, niños y adolescentes han sido reportadas desaparecidas en el país.

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La Alerta Amber sin duda alguna ha sido de gran ayuda para localizar a miles de niñas, niños y adolescentes en México, y es por eso que es indispensable que su implementación sea inmediata, con la intención de que nuestros menores sean presas de más delitos, como la trata de personas.

Pues de diciembre de 2018 al cierre de 2022, más de 2 mil menores de edad fueron víctimas del delito de trata de menores.

La difusión masiva e inmediata de un formato único de datos con fotografía en todos los medios de comunicación disponibles, puede activar una alerta nacional o internacional.

Es necesaria la participación de todos los órdenes de gobierno, sociedad civil, medios de comunicación, empresas y todos aquellos sectores que deseen colaborar para sumar esfuerzos y potenciar la búsqueda y localización.


Actualmente la alerta Amber en Estados Unidos generan avisos a todos los teléfonos móviles de manera directa, geolocalizando dentro de las comunidades y ciudades cercanas donde pudieran localizar al menor, con los datos y fotografías de las personas desaparecidas.

Mientras que en México cuando se hace una denuncia de desaparición las autoridades no investigan de inmediato, lo que revictimiza a los menores que sufren de este delito.

La reforma al artículo 105 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, determina que en el momento en que se presente la denuncia formal, las autoridades de procuración de justicia y policiales de los distintos órdenes de gobierno procederán a la búsqueda, localización y recuperación del niño o adolescente.

La modificación busca proteger a las víctimas y darles asistencia con la Alerta Amber, ya que es obligación del Estado velar por el interés superior de la niñez.

Hoy es urgente garantizar la seguridad de nuestra niñez y adolescencia, facilitar su localización en caso de desapareción, aunque lo ideal sería que en nuestro país ni una niña, niño y adolescente se desapareciera.

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