La participación de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública es una inminente violación a los derechos humanos, así lo consideran tratados internacionales de los cuales México es parte. Este argumento lo utilizó la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) contra una reforma de 2019 que busca regular la estancia del ejército en las calles.
De acuerdo con documentos filtrados en los Guacamaya Leaks –revisados por Publimetro–, la Sedena tuvo una postura en contra de la “Ley para la Disposición de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Seguridad Pública”, iniciativa presentada en abril de dicho año por la senadora priista Claudia Edith Anaya Mota.
La posición institucional del ejército mexicano –confirmada por la Unidad de Asuntos Jurídicos en agosto de 2019– surgió a petición de la Secretaría de Gobernación (Segob), ello a través del Sistema de Automatización de Opiniones (SAO).
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos es del criterio de que las fuerzas armadas no participen en tareas de seguridad pública, considerando esta actividad como una inminente violación a los derechos humanos y que es propia y exclusiva de los cuerpos policiales”, señala la Sedena en el escrito.
El pasado septiembre, cabe destacar, el Congreso de la Unión aprobó una reforma para dar al ejército mexicano el control de la Guardia Nacional –un órgano de seguridad pública–; un mes después avaló hasta 2028 la estancia en las calles de las fuerzas armadas. Esto impulsado por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, y apoyado por el titular de la Sedena, Luis Cresencio Sandoval.
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Otra premisa para catalogar como inviable la reforma de ley fue la diferencia entre seguridad pública y seguridad nacional, pues son conceptos con alcances jurídicos distintos y no se manejan así en el proyecto, según la Secretaría de la Defensa Nacional.
En la Constitución mexicana se plasma que la seguridad nacional es una función del Estado, y se define como la condición necesaria para garantizar la prevalencia de la integridad territorial, soberanía, independencia y estabilidad política, social y económica.
Mientras, la seguridad pública es responsabilidad de las entidades federativas y tiene como fin salvaguardar los derechos de las personas y preservar sus libertades, así como mantener el orden y la paz en la ciudadanía.
La iniciativa de la senadora priista, asimismo, conlleva el empleo de gran número de personal, vehículos, material y armamento, argumenta la Sedena, porque implica la utilización continua de la fuerza armada permanente, lo cual genera la erogación de cuantiosos recursos económicos. También trae consigo “consecuencias legales o jurídicas que se generan por las quejas y demandas de las organizaciones nacionales e internacionales de protección a los derechos humanos”.
Una ley para regular a las fuerzas armadas
El artículo quinto transitorio de la Constitución Política en materia de Guardia Nacional –de 2019 y reformado en octubre de 2022– faculta a las fuerzas armadas para participar en tareas de seguridad pública. El proyecto referido busca regularlo, pues no está lo suficientemente solventado, indicó Claudia Anaya en entrevista.
Dicho apartado constitucional, abundó la senadora priista, no cuenta con un marco legal que especifique el modo, tiempo, lugar, circunstancia y federalismo –aceptación y solicitud de los gobiernos locales– para el apoyo de la milicia en labores de seguridad pública.
“Mi iniciativa está sustentada en ese artículo quinto transitorio, no es una iniciativa que se pueda utilizar en tiempos comunes, por decirlo de alguna forma, solo en tiempos de excepcionalidad, con cierta temporalidad, fiscalización, supervisión y todos los criterios internacionales que ha marcado la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, apuntó Claudia Anaya.
La reforma de ley impulsada por la legisladora se encuentra ‘congelada’ en comisiones del Senado de la República, por lo cual aún tiene posibilidades de pasar al pleno para su votación.
“Es algo que le da un marco jurídico de certeza al trabajo y a la actuación de las fuerzas armadas, y también le da mayor certeza a los ciudadanos en los debidos procesos cuando haya una detención. Si las vas a utilizar, que sea bajo un marco legal. Los militares nunca pueden ser primer respondiente”, aseveró Anaya Mota.