Guanajuato

Son 11 secretarios de seguridad en Guanajuato sin pruebas de control y confianza, pero siguen operando

En Guanajuato hay 11 titulares de seguridad municipal que no han aprobado sus exámenes de control y de confianza, en algunos casos, los resultados siguen pendientes.

La Secretaría de Seguridad Estatal de Guanajuato informó que se trata de: Comonfort, Pueblo Nuevo, San José Iturbide y Santa Catarina. Otros siguen pendientes de resultados y son: Celaya, Moroleón, Romita, Silao de la Victoria, Tarimoro, Yuriria. El titular de Irapuato está programado para presentar la prueba y en Jerécuaro, no hay titular de seguridad.

“La Secretaría de Seguridad Pública del Estado dio a conocer que actualmente sólo en 34 de los 46 municipios en Guanajuato, los titulares de Seguridad Pública cuentan con la vigencia de su Evaluación de Control y Confianza, cumpliendo así con el requisito legal indispensable para que puedan fungir como titulares”, informó la Secretaría de Seguridad Estatal de Guanajuato.

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La dependencia estatal explicó que existe la obligación por parte de sus respectivos presidentes municipales de entregarles el nombramiento definitivo para continuar con el proceso, o bien tendrán que ser removidos para nombrar a nuevos titulares.

“Es de suma importancia subrayar que mediante diversos dispositivos tanto del orden federal, como estatal, se instituyen las condiciones de permanencia para los integrantes de las instituciones de seguridad pública”, precisó la Secretaría de Seguridad de Guanajuato.

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La Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, establece en su artículo 80, que “la permanencia es el resultado del cumplimiento constante de los requisitos establecidos en la presente Ley para continuar en el servicio activo de las Instituciones Policiales”.

Además, el artículo 139 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública sanciona con dos a ocho años de prisión y de 500 a mil días de multa a quien “inscriba o registre en la base de datos del personal de las instituciones de seguridad pública, prevista en esta Ley, como miembro o integrante de una institución de Seguridad Pública de cualquier orden de gobierno, a persona que no cuente con la certificación exigible conforme a la Ley”.

“Se deriva la obligación legal de los gobiernos municipales para que los integrantes de las corporaciones de Seguridad Pública sean evaluados y aprueben el Control y Confianza. Tratándose de los titulares, deben contar con este perfil a efecto de ser evaluados y aprobados con ese carácter”, se informó.

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