Más de 70 organizaciones de la sociedad civil y activistas en lo individual, emitieron un posicionamiento donde exigen que se reponga la elección del presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ).
Por medio de una carta los organismos señalan que el proceso de selección no fue equitativo y transparente. En el proceso donde fue electa Luz del Carmen Godínez como nueva ombudsman de Jalisco, se crítica por ejemplo la ausencia de criterios específicos, transparentes y claros de evaluación de los perfiles aspirantes. Esto permitió que fueron elegibles las 29 personas que se registraron para dicho proceso, entre ellas algunos que no cumplen los requisitos.
Uno de los requisitos desatendidos por los diputados fue la restricción que debían haberse separado de su cargo al menos dos años antes de la convocatorio. En el caso de Luz del Carmen, ella dejó el trabajo en el ayuntamiento de Guadalajara e l 1 de noviembre de 2021, lo que la descalificaba para ser electa.
“De acuerdo con nuestro análisis la elección de Luz del Carmen Godínez viola los requisitos de elegibilidad establecidos en la convocatoria emitida por el Congreso de Jalisco”, señala la carta.
También se acusa que se debió elegir el mejor perfil con conocimiento en diferentes ámbitos de los derechos humanos, pero afirman que Godínez sólo tiene conocimientos acotados a la protección de niñas, niños y adolescentes.
Finalmente mencionan que dentro de los requisitos estaba la firma de una carta donde acreditaran que no tenían conflictos con la designación, pero la ganadora del proceso si incumplía.
“Desde hace dos años se ha exigido que el Congreso de Jalisco implemente designaciones legales, con criterios objetivos, transparencia, participación ciudadana, entre otros criterios para que lleguen perfiles idóneos a las instituciones públicas y de impartición de justicia. La reciente designación de la presidencia de la CEDHJ no fue la excepción a la captura de un puesto que debe servir para la sociedad, no a intereses partidistas o de la élite gobernante”, concluye la misiva que demanda la reposición del proceso.
No se menciona en el documento que el proceso vaya a ser impugnado por la vía jurídica.