Con 23 conciliadores y cuatro juzgados en la Zona Metropolitana de Guadalajara, inició la aplicación de la Reforma Laboral en el estado de Jalisco. En la Ciudad Laboral, donde quedan aún detalles por concluir, operará el Centro de Conciliación Laboral (CCL) y los Juzgados Orales en materia laboral.
Las autoridades señalaron que conforme pase el tiempo se harán las adecuaciones y últimos detalles en infraestructura. Se advirtió que las Juntas Locales de Conciliación seguirán operando pero ya no reciben más casos.
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El terreno que alberga las oficinas pertenece al Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (IPEJAL) y las autoridades señalaron que el proyecto se finalizó en tiempo récord. “Sin duda el inicio de una nueva etapa en materia de justicia laboral para nuestro estado, que tiene que derivar en el fortalecimiento de nuestra competitividad, de la capacidad de Jalisco para seguir siendo una locomotora de la economía nacional”, explicó el gobernador Enrique Alfaro al arrancar el proyecto de la Ciudad Laboral.
El Centro de Conciliación Laboral es una instancia conciliatoria obligatoria en el nuevo sistema de Justicia Laboral, con lo cual se trasladará la responsabilidad de resolución de conflictos a una autoridad conciliatoria entre empleado y empleador y de no llegar a una solución, entonces un juez será quien determine quién tiene la razón. Por tal motivo la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) dejó de operar el último día hábil de septiembre. El organismo será público descentralizado y contará con autonomía técnica, operativa y presupuestaria.
Además de la Zona Metropolitana de Guadalajara entrarán en operación los centros de conciliación de Lagos de Moreno, Ocotlán, Autlán de Navarro, Ciudad Guzmán y Puerto Vallarta, los cuales tendrán como objetivo resolver los asuntos en un tiempo no mayor a un mes y medio (45 días).
Los tres aspectos de la reforma laboral:
La reforma implica tres grandes rubros:
- Impartición de la justicia laboral, de esta manera la JLCA deja de generar impartición de justicia.
- Previo a demandar, es un requisito obligatorio que acudan al Centro Local de Conciliación o Centro Federal de Conciliación de Registro Sindical, para efectos de que las partes puedan resolver de manera auto compositiva, es decir, donde ellos mismos le den solución al conflicto.
- Toda la democracia sindical, la legitimación de contratos, pasa a la Federación, al Centro Federal de Conciliación y Registro Sindical, quienes también se encargarán de la titularidad de contratos colectivos, estatutos, actas, nuevos, contratos.
De no lograrse el acuerdo entre las partes en conflicto, será el Poder Judicial quien a través de un Juez con capacidad y experiencia en materia laboral resuelva la controversia bajo los principios de oralidad, sencillez, veracidad, libertad de formulismos, entre otros, todo ello de manera eficiente y sobre todo eficaz.