Durante esta temporada decembrina las tarifas de las plataformas de transporte por medios digitales se dispararon en la Zona Metropolitana de Guadalajara. Viajes que en condiciones normales no excederían los 70 pesos, se ofertan en más de 300 bajo el argumento que se aplican tarifas dinámicas por la alta demanda.
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Es una situación que se ha replicado en los últimos años, reconocen los usuarios de estos servicios.
El artículo 310 de la nueva ley, en su inciso XVI obliga a mantener en las aplicaciones móviles y página web de manera visible, permanente y de fácil acceso, las tarifas de cobro; así como implementar un sistema de cálculo de tarifas cuando el modo del servicio contratado así lo permitan. Si bien las plataformas establecen un estimado, no explican los criterios de las tarifas de cobro y cómo se determina su aplicación.
Esta es sólo una de las regulaciones que no se han atendido a partir de la aprobación de la nueva ley, pues tampoco se ha aplicado la normatividad de que las unidades cuenten con mecanismos QR para la identificación de los conductores, (artículo 310, inciso VII); obligar a que los pasajeros se identifiquen para el uso de las plataformas con un documento oficial (artículo 310, inciso V) o subir el catálogo de vehículos de la empresa (artículo 310, inciso XVII), entre otras disposiciones.
“A nosotros nos interesa particularmente las reformas que se aprobaron en el tema de seguridad, como el que no haya vehículos polarizados, que no tengan seguros de puertas, la capacitación a los choferes, pero sobre todo, que se garantice que los operadores no cuentan con antecedentes penales y no son agresores sexuales”, expresó Lucía Mariscal Reynaga, defensora de los derechos de las mujeres.