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Advierte INAI que artículo de Ley de Seguridad Interior contraviene transparencia

Francisco Acuña Llamas, comisionado presidente del INAI expuso que convendría modificar la redacción del artículo 9 del dictamen de dicha ley para hacerlo más claro

El dictamen de la Ley de Seguridad Interior que actualmente se discute en el Senado incumple el principio de máxima publicidad, expuso el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

“El artículo 9 del dictamen de Ley señala a la letra ´la información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de la ley de la materia, y clasificada de conformidad con ésta y las disposiciones aplicables en materia de transparencia y acceso a la información´”, fijó el INAI en un posicionamiento.

Lo cual, advirtió el Instituto, contradice a la transparencia ya que por regla general toda la información en posesión de cualquier autoridad es pública y solo puede ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, acreditando los extremos de la prueba de daño.

Por lo que tal y como está redactado el artículo 9 del dictamen de la Ley de Seguridad Interior, se restringe la información sin que ello pase por un análisis.

“Asimismo, el dictamen de Ley atenta contra el principio de temporalidad para la clasificación de información, ya que artículo 106 de la Ley General de Transparencia prevé los momentos específicos en que podrá ser clasificada».

“En tanto, el artículo 108, de la misma norma, establece que la reserva de información se realizará conforme a un análisis caso por caso, mediante la aplicación de una prueba de daño, y que en ningún caso se podrán clasificar documentos antes de que se generen», apuntó el Instituto.

El INAI también detectó que el dictamen de Ley contiene conceptos que podrían considerarse imprecisos, como el  de “acciones de seguridad interior”, “acciones de orden interno”, entre otros.

Conveniente modificar artículo

Posteriormente Francisco Acuña Llamas, comisionado presidente del INAI expuso en entrevista con medios que por ello convendría modificar la redacción del artículo para hacerlo más claro.

“Queremos contribuir al debate y de esa manera manifestar que nuestra preocupación se sitúa en ese artículo. Porque de aprobarse así generaría reservas de la información sin que se corra el riguroso procedimiento de la prueba de daño”, declaró.

En tanto, en un posicionamiento el colectivo Seguridad sin guerra ha señalado que se crea un marco de operación militar sin rendición de cuentas, lo cual viola la transparencia.

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