Con 88 votos a favor, 21 en contra y cero abstenciones, el Senado de la República avaló el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; de la Ley de Concursos Mercantiles; y, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Luego de reanudar la sesión tras una pausa, las comisiones unidas de Justicia y Estudios Parlamentarios, segunda, lograron consensos nuevos en la materia y el documento que modifica el artículo 22 de la Constitución se regresó a la Cámara de Diputados para su nueva discusión en la materia.
El proyecto busca sustituir a la ya existente Ley Federal de Extinción de Dominio para que se unifiquen todos los criterios federales con las entidades para tener un procedimiento similar que incluya un registro de los asuntos que se ven de esta figura jurídica y que sea compartido a través de la Conferencia de Procuración de Justicia de su secretaría técnica; con sus transitorios se prevé que eventualmente la figura mejore, la primera revisión será en un año.
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«Se otorga un plazo a los tribunales locales, a los tribunales superiores de justicia, para que homologuen su legislación local y que puedan tener los instrumentos jurídicos para atenderla y también incluso la propia Federación, al propio Poder Judicial, para tener jueces especializados.
El presidente de la comisión de Justicia, Julio Menchaca, precisó que la extinción de dominio, corre por cuenta separada del procedimiento penal, con lo que el Ministerio Público va a tener la facultad de iniciar los juicios de extinción de dominio ante un juzgado competente, teniendo la preparación a juicio y la audiencia de vista y de resolución.
Con las modificaciones se busca regular correctamente los tipos supuestos del enriquecimiento ilícito que establece el artículo 22 constitucional en su fracción IV, incluidos el robo de los hidrocarburos, secuestro y extorsión. Además de que establece una definición exacta de los tiempos procesales, trabajando de la mano la Fiscalía General con las procuradurías y fiscalías de los estados.
«Se trata de un andamiaje jurídico, que contempla también modificaciones al Código Nacional Procedimientos Penales en donde se establece claramente diferenciaciones y empates entre los dos procedimientos. Con los indicios que tenga el Ministerio Público va a poder establecer los elementos suficientes para solicitarle a un juez la extinción de dominio, y corre por cuentas separadas del juicio penal», explicó.
El dictamen que se envió a San Lázaro para su discusión y eventual aprobación modificó la Ley de Concursos Mercantiles y transforma el SAE en el Instituto de Administración de Bienes y Activos, para que proteja, administre, resguarde y disponga de todos los bienes que son motivo de esta ley, así como la Ley Federal de Enajenación y Administración de Bienes del Sector Público y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para establecer en qué consiste el gabinete social.
«En la Constitución de este gabinete social se involucran 11 dependencias del Ejecutivo, que tienen que ver con el destino de los bienes que puedan ser, por sentencia firme, utilizados para una serie de programas sociales y una serie de objetivos que tienden a retornar hacia la población ese recurso obtenido, esos bienes obtenidos, quitados a los criminales y que funcione como ha sucedido en otros países de una manera exitosa», dijo.
También crea un fondo de reserva en el que la autoridad administradora transferirá el producto de la venta de los bienes que causaron extinción de dominio por sentencia firme, el cual no podrá ser menor al 10% del producto de la venta o bien, el monto de los recursos por venta anticipada que no podrá ser menor al 30% del producto de la venta.
El dictamen se logró con cinco iniciativas y quedó constituido en 251 artículos, 8 títulos y 17 capítulos:
- Ricardo Monreal (2)
- Miguel Ángel Mancera
- Grupo parlamentario del PAN
- Julio Ramón Menchaca
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