A partir de este 1 de octubre, las pequeñas, medianas y grandes empresas deberán atender factores de riesgo psicosociales de su personal, como el estrés laboral, ansiedad y desequilibrio del sueño, con el objetivo de propiciar un entorno favorable y proteger la salud de los trabajadores mexicanos.
La aprobación de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 035 es obligatoria a partir de este mes. Esto implica que las empresas están obligadas a identificar los factores mencionados y atenderlos con medidas de prevención, así como acciones de control seguras y confidenciales, de acuerdo con Excélsior.
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De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, de no llevarla a cabo, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá aplicar sanciones para finales de 2020 que van de 250 y cinco mil unidades de medida y actualización (UMA) o bien, multas que van de entre los 20 mil a más de 400 mil pesos.
Los factores de riesgo psicosocial son los causantes de estrés, estrés grave y violencia laboral, que pueden ocasionar en los empleados un desgaste profesional, que este año fue integrado a la Clasificación Internacional de Enfermedades elaborado por la Organización Mundial de la Salud y que, se acordó, entrará en vigor en enero de 2022.
Informes de la Organización de las Naciones Unidas colocan a México como el país con más alto porcentaje de estrés laboral.
El síndrome del desgaste profesional que genera agotamiento físico y mental y baja productividad, se presenta en un 43% de trabajadores a en México, revelan datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).