Los resultados de la Consulta Popular del próximo 1 de agosto para juzgar o no a los cinco últimos ex presidentes del país podría ser vinculante si participan 37.5 millones de ciudadanos.
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Así lo establece el artículo 35 de la Constitución Política, pues esta cifra corresponde a 40% de los ciudadanos inscritos actualmente en la Lista Nominal de electores.
«Será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes», establece.
Ley Federal de Consulta Popular
La Ley Federal en la materia precisa además que de las consultas populares son convocadas por el Congreso de la Unión a petición del presidente de la República.
Para ello, debe ser con el equivalente a 33% de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión, y, para el caso de las consultas populares de temas de trascendencia nacional.
Así como por al menos 2% de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de electores, en caso de que sea una petición popular.
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