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¿Trata de personas o lenocinio?

Por Yedid Becerra

Los criminales se protegen bajo el delito de lenocinio para no ser procesados y condenados por trata de per­sonas, que implicaría pasar más años en la cárcel y pagar mayor multa.

Los vacíos legales que existen en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas permiten a las redes criminales escudarse bajo esa figura y fomentar la impunidad.

La senadora Irma Martínez ha propuesto que se modifique el artículo 5 para no dejarles escapatoria.

Además se busca homologar la ley en todo el país, pues sólo el Distrito Federal y Chiapas se apegan a la ley federal, mientras que en el resto cada quien maneja su propio Código estatal.

Dijo a Publimetro que se busca que por ningún motivo el consentimiento de la víctima sea causal para que el acusado salga libre.

24 casos de trata de personas se reportaron en el Ministerio Público de 2007 a la fecha, de éstos, en sólo 2 se consignó a los criminales.

¿Cuáles son las diferencias entre Lenocinio y Trata de Personas?

Lenocinio

-Toda persona que explote el cuerpo de otra por me­dio del comercio carnal.

-Induzca a una persona para que con otra, comercie sexualmente con su cuerpo.

-Regentee, administre o sostenga directa o indirectamente, prostíbulos, casas de cita o lugares de concurrencia expresamente dedicados a explotar la prostitución.

-El lenocinio se sancionará con prisión de dos a nueve años y de 50 a 500 días multa.

-Cuando implica a menores, se castiga con ocho a 15 años y de mil a 2 mil 500 días de multa.

Trata de personas

-Promueva, solicite, ofrez­ca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a: explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.

-Se castiga de 6 a 12 años de prisión y de 500 a mil 500 días de multa.

-Si es contra un menor, de 9 a 18 años de prisión y de 750 a 2 mil250 días multa.

-Cuando es servidor público se le destituye del cargo e inhabilita para desempeñar otro hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión.

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