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El pleno del Senado de la República aprobó en lo particular el tercer dictamen de las leyes secundarias de la reforma energética, por lo que se remitió a la Cámara de Diputados.
Con 88 votos a favor y 26 en contra, fueron avalados los artículos reservados por comisiones, cuyas propuestas fueron aceptadas, por lo que se aprobaron las leyes de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE),
Esto después de cuatro días de sesiones y 54 horas de trabajo en el pleno legislativo, se aprobó en lo particular los artículos reservados con la mayoría de votos del PRI, PAN y PVEM, así como 26 en contra del PRD y PT.
El tercer dictamen también reforma diversas disposiciones a otras tres leyes secundarias y busca modernizar, actualizar, fortalecer y transformar a Pemex y a la CFE en empresas productivas del Estado y de propiedad exclusiva del gobierno federal, a fin de que sean competitivas en sus respectivos mercados.
Se estableció un nuevo régimen jurídico para ambas paraestatales, en el que se definen como empresas productivas del Estado mexicano y se incorporan disposiciones para garantizar los derechos de sus trabajadores.
En el debate sobre este nuevo marco legal se registraron más de 50 intervenciones de senadores, quienes este domingo durante cerca de 12 horas expusieron sus razonamientos en torno al proyecto de decreto.
Esta decisión también reforma la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
El dictamen de las leyes aprobadas establece como objetivo regular la organización, administración, funcionamiento, operación, control, evaluación y rendición de cuentas.
Además de establecer su régimen especial en materia de empresas productivas subsidiarias y filiales, remuneraciones, adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras, bienes, responsabilidades y dividendo estatal.
La asamblea avaló cambios a los artículos 13, 26, 43, 46, 74, noveno y décimo séptimo transitorios de la Ley de Pemex, además del 12, 25, 42, 45, 76, décimo y vigésimo transitorios de la Ley de la CFE.
También el 3 y la adición de un tercero transitorio a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, que fueron propuestos por integrantes de las comisiones de Energía y de Estudios Legislativos, Primera.
Con ello, se precisa que la modificación de la naturaleza jurídica de Petróleos Mexicanos, sus organismos subsidiarios y filiales, así como de la Comisión Federal de Electricidad no afectará en forma alguna los derechos de sus trabajadores en activo ni los de sus jubilados y pensionados.
Entre las modificaciones destaca que la política de contratación, evaluación del desempeño y remuneraciones del resto del personal de Pemex y de la CFE, de sus empresas productivas subsidiarias y de sus empresas filiales, debe cumplir con lo dispuesto en la legislación y el contrato colectivo de trabajo vigentes.
Se determinó que les corresponde a los directores generales de ambas paraestatales, además de suscribir, convenir los contratos colectivos y convenios administrativos sindicales que regulen las relaciones laborales de dichas empresas y sus subsidiarias con sus trabajadores.
Lo anterior conforme a las previsiones máximas aprobadas de manera prevía por su Consejo de Administración, así como expedir el reglamento de trabajo del personal de confianza en términos del artículo 123, apartado A, de la Constitución y de la Ley Federal del Trabajo.
En otro cambio se establece que la política de contratación de personal no sindicalizado deberá requerir la publicación y recepción de solicitudes en las páginas de Internet de Pemex y de la CFE, así como de su empresa productiva subsidiaria correspondiente de cualquier vacante que pretendan contratar.
Asimismo, Petróleos Mexicanos, sus organismos subsidiarios y sus filiales, así como la Comisión Federal de Electricidad, sus empresas productivas y filiales, con la participación de la representación sindical, establecerán los mecanismos para la debida capacitación de sus recursos humanos.
Ello con el propósito de garantizar su eficacia, productividad y competitividad en la industria de los hidrocarburos y eléctrica. y en la consecución de su objeto.
En la Ley Federal de las Entidades Paraestatales se plantea que, además de las empresas productivas del Estado y sus respectivas empresas productivas subsidiarias, la Procuraduría Agraria, la Procuraduría Federal del Consumidor y la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, el Sistema Público de Radiodifusión del Estado, atendiendo a su naturaleza de sus funciones, queda excluido de las observancia de este ordenamiento.
Dicha disposición entrará en vigor a los 30 días naturales siguientes de estar vigente el presente decreto. Luego de su aprobación en lo particular, el proyecto de decreto se envió a la Cámara de Diputados.
El presidente de la Cámara alta, Raúl Cervantes Andrade, informó que hasta este día se han registrado un total de 478 intervenciones: seis para presentación de dictámenes, votos particulares 42 y posicionamientos 15.
Además de discusión en lo general 177, discusión en lo particular 238 y 54.30 horas de debate acumuladas del 17 al 20 de julio.
Por último, declaró un receso y citó a sesión este martes a partir de las 12:00 horas, a fin de abordar el cuarto y último dictamen, relativo a la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.