Jalisco

Avala la SCJN que estados reduzcan prerrogativas a partidos

Ministros emitieron su fallo sobre la constitucionalidad de la llamada Ley Kumamoto en Jalisco que reduce el dinero a los partidos en casi 60%

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron la constitucionalidad de la llamada Ley Kumamoto donde se propone una reducción al financiamiento de los partidos políticos.

Los ministros dividieron sus votos, siete a favor y cuatro en contra de las reforma constitucional de Jalisco impulsada por el diputado independiente, Pedro Kumamoto.

De este modo Jalisco se convertirá en el primer estado de México que legalmente, podrá reducir las prerrogativas que reciben los partidos políticos y deja un antecedente a nivel nacional para que los estados regulen el financiamiento a sus fuerzas políticas.

Pedro Kumamoto, diputado independiente de Jalisco.
Pedro Kumamoto, diputado independiente de Jalisco.

Cuando menos en Jalisco, dicha disminución de recursos aplicará a partir de 2019, ya que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) del Estado de Jalisco ya definió las prerrogativas para cada fuerza política para el proceso de 2018. Dicho reparto se realizó mientras el análisis de la Ley Kumamoto estaba en la congeladora y esperaba resolución en las salas de la SCJN.

El 1 de junio de este año se incorporó a la Constitución jalisciense una nueva fórmula para definir el monto de recursos que recibirían los partidos. Se tomó como base la propuesta hecha por Pedro Kumamoto que establece que, en año electoral, el presupuesto se aplique con la fórmula que resulte de multiplicar 65% de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), por la votación válida emitida, que permitiría reducir en 60% la bolsa que actualmente reciben las instituciones políticas.

En año no electoral, el presupuesto resultará de multiplicar 20% de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) por el total del padrón electoral.

Sin embargo el Partido Verde de México impugnó la reforma electoral de Jalisco señalando que se contrapone a la Constitución que define los montos que deben otorgárseles en año electoral y que los diputados locales tomaron atribuciones que competen sólo al Congreso de la Unión.

Con el fallo de la SCJN, Pedro Kumamoto destacó este hecho como una victoria:

La propuesta del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo buscaba declarar inconstitucional la reforma constitucional de Jalisco y el Código Electoral y de Participación Social de la entidad. Los ministros Margarita Luna Ramos, Eduardo Medina Mora y el presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, se pronunciaron por invalidar los preceptos reformados al considerar que violaban facultades legislativas que competen al Congreso de la Unión. El resto de los ministros argumentó que la reforma es válida al amparo del derecho a la libre autodeterminación que tienen los estados.

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