Por considerar que es discriminatoria, el Gobierno de Nuevo León advirtió que vetará la reforma a la Ley de Salud, aprobada la semana pasada, que incluye la figura de “objeción de conciencia”.
En entrevista, el secretario General de Gobierno, Manuel González indicó que están en contra de que se nieguen los servicios de salud a la población y que eso esté enmarcado en lq ley.
“Vamos a vetar esa iniciativa, por supuesto que nos oponemos a una discriminación marcada en la Ley”, sostuvo González.
Mencionó que los médicos deben de atender a la ciudadanía en general.
“Sea esta cual fuese”, aseveró el funcionario estatal, quien destacó la posición de un gobierno que aseguró es “garantista”.
El pasado 15 de octubre, el Congreso local aprobó por mayoría la reforma a las fracciones 3 y 4 del artículo 48 de la Ley Estatal de Salud y se añadió una fracción 5 al mencionado artículo.
A propuesta de la Comisión de Salud y Atención a Grupos Vulnerables, la diputada María Guadalupe Rodríguez, del PT presentó el dictamen.
“La objeción de conciencia es el derecho consistente en la negativa a realizar determinados actos o servicios derivados de una orden de autoridad o de una norma jurídica cuando estos contradicen los propios principios éticos o morales”, explicó la legisladora local.
Dijo que de manera reciente, en México la Comisión Nacional de Bioética expidió el Código de Bioética para el Personal de Salud, el cual hace referencia al tema en el artículo 28.
Colectivos y grupos de defensa a los derechos humanos se han pronunciado porque aseguran que la reforma a la Ley de Salud es discriminatoria y podría dejar sin atención a migrantes, indígenas, personas con VIH y de la comunidad LGBT+. Incluso se resaltó que ahora los médicos podrán negarse a la práctica de un aborto.
Por su parte, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) estableció que la figura de “objeción de conciencia” se puede convertir en un impedimento para ejercer plenamente el derecho a la salud.
Conapred lanzó un exhorto a las autoridades e instituciones públicas para que tengan en consideración la obligación constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas.
Mientras que la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León (CEDHNL) emitió un posicionamiento en el que explicó que si bien el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prevé la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, el ejercicio de esas libertades no puede ser absoluta .
“Como todo derecho fundamental, sus límites se encuentran en el contenido de otros derechos, especialmente el relativo al derecho de salud”, indicó la CEDHNL, mediante un comunicado divulgado, este martes.
Abundó que la Comisión establece su preocupación de que la figura jurídica de la objeción de conciencia impida el acceso al derecho de salud de todas las personas.
Tras la polémica que se generó, el Congreso local aclaró que la «objeción de conciencia» solamente aplica en casos de aborto y eutanasia.
Dijo que se difundió que con esta reforma, el personal médico y de enfermería tendría derecho a no atender a las personas de la comunidad LGBT, enfermos de Sida y otros padecimientos, sin embargo eso es erróneo.