La crisis del coronavirus no cancela ni suspende el reparto de utilidades en México; y las empresas deben entregar el monto correspondiente antes del 31 de mayo de 2020.
Mientras que las personas físicas con actividad empresarial –o patrones- tienen hasta el 29 de junio próximo, para entregar dicho beneficio a sus empleados, informó la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Puntualizó que los patrones “tiene la obligación de hacer el reparto de utilidades; ya que éstas fueron generadas en el ejercicio fiscal 2019”; entre el 1 enero y el 31 diciembre 2019, cuando el coronavirus no había llegado a México.
De tal suerte que ninguna empresa o patrón pueden negar la entrega del recurso. Y en caso de incumplimiento, serán sancionadas con multas de 250 a cinco mil Unidades de Medida y Actualización (UMA); equivalentes a entre 21 mil 720 y 434 mil 400 pesos.
Utilidades vs coronavirus
El director del despacho Hernández Reyes y Asociados, Joel Hernández, explicó a Publimetro que el reparto de utilidades es un derecho irrenunciable; determinado por los artículos 123 de la Constitución y 127 de la Ley Federal de Trabajo (LFT).
Señaló que la entrega de tales recursos no se puede cancelar, suspender o negociar; aun cuando –en este momento- las empresas tengan problemas de liquidez, por causas relacionadas a la pandemia del Covid-19.
Apuntó que, por ley, todas las empresas que obtuvieron ganancias en el último año, tienen la obligación de repartir 10% de esas utilidades entre los trabadores que contribuyeron a generarlas.
Esto último, de acuerdo al salario y días trabajados durante el ejercicio fiscal correspondiente. “Quienes hayan laborado todo el año, recibirán la prestación íntegra; mientras que los demás obtendrán la parte proporcional a los días o meses desempeñados”.
Empresas en problemas
El integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, Juan Manuel Franco Gallardo, destacó que las empresas pueden llegar a acuerdos con sus trabajadores para diferir el pago de las utilidades de este año y, con ello, sortear la crisis del coronavirus.
Indicó que, aun cuando la ley determina que el beneficio no es negociable; lo que “sí se puede, es definir es la entrega de una parte en mayo y la otra el siguiente mes”; y con ello dar cumplimiento al texto legal.
“Muchas empresas están en crisis y no tienen liquidez; por lo que el reparto de utilidades será un problema para sus finanzas. Así que tendrán que buscar alternativas que convengan a empleados y compañías”, concluyó.
Preguntas clave
La Profedet te responde:
- ¿Quién tiene derecho al reparto de utilidades? Los empleados y exempleados –permanentes y eventuales- que hayan laborado por lo menos 60 días en una empresa; cuyas utilidades netas en 2019 fueron superiores a 300 mil pesos anuales.
- ¿Quiénes no tienen derecho? Directores, administradores y gerentes generales. Trabajadores independientes; socios y accionistas. Profesionistas que trabajen por honorarios. Trabajadores domésticos.
- ¿Todas las empresas están obligadas al reparto de utilidades? Están exentas las empresas de nueva creación, durante su primer año de funcionamiento; el IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia e instituciones de asistencia privada.
- ¿Cuánto me deben pagar? La Ley del ISR indica que los patrones deben destinar 10% de las utilidades o ganancias de la compañía al reparto de utilidades; cantidad que se divide entre los empleados, con base en su salario y días trabajados durante el año.
- Si tengo incapacidad, ¿debo recibir utilidades? Las utilidades deben ser pagadas a las madres trabajadoras durante los periodos prenatal y postnatal; a las víctimas de un riesgo de trabajo durante un periodo de incapacidad temporal y a los padres que hubieren solicitado el permiso de paternidad.
- Si no me pagan, ¿dónde puedo presentar alguna queja? Si tienes alguna queja o problema con el reparto de las utilidades, puedes comunicarte a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet), a los números telefónicos 800 911 78 77 y 800 717 2942.