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Corte dice sí a la consulta para enjuiciar a ex presidentes y cambia pregunta

La declaratoria de constitucionalidad de la consulta popular y la nueva pregunta fueron enviadas por la Corte al Senado para su aprobación.

Este jueves 1 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional la consulta popular para enjuiciar a ex presidentes.

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Durante la sesión virtual por la emergencia sanitaria del Covid-19, los ministros también avalaron no incluir los nombres de los cinco ex presidentes que gobernaron al país de 1988 a 2018, por probables actos de corrupción.

La SCJN determinó 24 horas como plazo máximo para hacer llegar ambos resolutivos al Senado para su discusión y aprobación. A su vez, la Cámara Alta también dará parte de la sentencia a la Cámara de Diputados para que delibere.

De ser aprobada por mayoría simple, la propuesta será enviada al Instituto Nacional Electoral (INE) para que organice el ejercicio de participación ciudadana, que se espera sea el domingo 6 de junio de 2021.

Debate sobre la consulta

La constitucionalidad de la consulta recibió el respaldo de seis ministros, quienes expresaron:

A favor:

  1. Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena: «Es constitucional en el entendido que no vincula a las autoridades de procuración de justicia, pero sí vincula necesariamente y tiene que vincular al Ejecutivo».
  2. Juan Luis González Alcántara Carrancá: «Es constitucional porque versa sobre el esclarecimiento de la verdad».
  3. Yasmín Esquivel Mossa: «Es constitucional”. Antes mencionó que «no es viable hacer una interpretación extensiva en contra de la participación ciudadana».
  4. Ana Margarita Ríos Farjat: «Es constitucional”.
  5. Alberto Pérez Dayán: “La materia a consulta es constitucional y pertenece al género de las responsabilidades de los servidores públicos”.
  6. Arturo Zaldívar Lelo de Larrea: “Es constitucional”.

En contra:

  1. José Fernando Franco González Salas: «No es constitucional”.
  2. Luis María Aguilar Morales: «No es constitucional, es inconstitucional“.
  3. Jorge Mario Pardo Rebolledo: “Estoy a favor del proyecto (declarar la consulta inconstitucional) y la propuesta alterna que yo hacía era que solo en el sentido de que  hubiera mayoría en el pleno, por ello como advierto que no la hay estoy con el proyecto”.
  4. Norma Lucía Piña Hernández: “Estoy con el proyecto haré un voto concurrente, me voy a apartar de algunas consideraciones y la pregunta es, la materia de la pregunta es inconstitucional”.
  5. Javier Laynez Potisek: “Por el proyecto, es inconstitucional”.

Tras la votación, el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar determinó un receso para discutir las propuestas relacionadas con el contenido de la pregunta que se haría en la consulta popular a propuesta del Presidente de la República e indica:

¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los ex presidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”.

Cambian pregunta de AMLO para la consulta

Una vez que los ministros deliberaron sobre el contenido de la pregunta, decidieron rechazar la propuesta de López Obrador de incluir los nombres de los cinco ex presidentes, ya que algunos ministros consideraron que se estigmatiza la imagen de los eventuales enjuiciados.

De esta forma la nueva pregunta es:

¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?

La nueva redacción tuvo el aval de ocho ministros, pero tres de ellos manifestaron cierta inconformidad; otros tres rechazaron por completo el contenido de la pregunta.

Las opiniones a favor estuvieron a cargo de: Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá,  Esquivel Mossa, Ríos Farjat, Zaldívar Lelo de Larrea, Pérez Dayán «a favor con reserva respecto de la temporalidad», Pardo Rebolledo «obligado por la mayoría que calificó de constitucional la materia de la consulta y González Salas «obligado por el criterio mayoritario y votando con reserva».

Y las expresiones en contra fueron de Javier Laynez Potisek. así como Aguilar Morales y Piña Hernández.

«En contra de la pregunta porque para mí no cumple el requisito del Artículo 26 de la Ley Reglamentaria de este Artículo 35 en su inciso a) de la facción II porque la pregunta no deriva directamente de la materia de la consulta que ya fue calificada como constitucional», Luis María Aguilar Morales.

«En contra porque como lo expresé en mi participación, no nos corresponde como órganos del estado reinterpretar, redefinir, volver a intervenir la voluntad ciudadana pues esto sería brutalmente contrario a la finalidad de la democracia participativa», Norma Lucía Piña Hernández.

Durante el debate, Zaldívar manifestó su respaldo a que se efectúe la consulta, bajo los argumentos de que se debe garantizar el derecho a la participación pública y que es una oportunidad histórica para abrir la puerta a la participación de ciudadanos cuyas voces usualmente son excluidas del debate público.

«Esperaría que hoy la Corte no desaproveche la oportunidad de asumir con responsabilidad histórica su rol de protección de los derechos humanos de participación política, no nos corresponde ser una puerta cerrada, sino el puente que permita a los ciudadanos participar en las grandes decisiones nacionales», dijo Zaldívar.

Pero advirtió que el resultado del ejercicio no podría ser obligatorio para las autoridades de procuración y administración de justicia, incluso si participa 40% del padrón electoral, ya que los procesos penales están sujetos a sus propias reglas Constitucionales.

Al inicio dijo, «esta no es una función jurisdiccional. Es una atribución atípica para un tribunal constitucional, en la medida en que la consulta popular es un instrumento de democracia, y como tal, de naturaleza política (…) Para cumplir con ese propósito, la Constitución nos encomendó la tarea de desplegar una función político-constitucional.

¿Por qué se cuestiona la constitucionalidad de la consulta?

En pleno de la Corte recibió la propuesta del ministro Luis María Aguilar, la cual señala que el diseño y contenido de la consulta restringe los derechos humanos y afecta las garantías para su protección.

El proyecto consideró cinco argumentos para declarar la inconstitucional la consulta:

  1. Restricción de derechos humanos. Condicionamiento de su eficacia y validez por el resultado de la consulta.
  2. Restricciones de los derechos de acceso a la justicia y a obtener medidas de restitución y reparación de las víctimas u ofendidos de los delitos.
  3. Presunción de inocencia de las personas y riesgo a la viabilidad de futuras investigaciones y procesos penales.
  4. Restricciones a las garantías para la protección de los derechos humanos: instituciones de procuración de justicia.
  5. La consulta rompe con el principio de igualdad.

A decir del presidente López Obrador determinar que la consulta es inconstitucional «no va a estar bien, pero no quiero que se mal interprete porque soy respetuoso del Poder Judicial”.

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