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Corte celebra nuevo avance y declara inconstitucional protección de la vida desde la concepción

La Suprema Corte invalidó la cláusula que contenía la Constitución de Sinaloa, la cual estaba por encima del documento Federal

Decenas de mujeres y niñas se reunieron en el Parque México para realizar “pañuelazo” como parte del día de Aborto Seguro en America Latina, convocado por feministas de Argentina CIUDAD DE MÉXICO, 19FEBRERO2020.- Decenas de mujeres y niñas se reunieron en el Parque México para realizar “pañuelazo” como parte del día de Aborto Seguro en America Latina, convocado por feministas de Argentina. FOTO: ANDREA MURCIA/CUARTOSCURO.COM (Andrea Murcia/Andrea Murcia)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la protección de la vida desde el momento de la concepción al considerar que atenta contra los derechos reproductivos de las mujeres.

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Durante la sesión del pleno, ocho ministros coincidieron en que las leyes estatales que protegen el derecho a la vida desde la concepción son inconstitucionales. Los congresos locales no tienen facultades para establecer desde qué momento inicia la vida humana.

«No corresponde a ninguna legislatura local ni a este pleno fijar el origen de la vida humana, en especial ante la ausencia de consenso científico. Es claro que el embrión y el feto deben ser reconocidos como bienes constitucionalmente relevantes y deben protegerse de acuerdo con esa dignidad y carácter. Sin embargo, su protección no puede competir plena e incondicionalmente con la de las personas nacidas», afirmó el ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Decisiones sobre leyes estatales

Este tipo de cláusulas están contenidas en las Constituciones de 21 estados. Los ministros coincidieron en que sólo buscan inhibir la práctica de toda clase de abortos. Se incluyen aquellos que se realizan cuando el embarazo fue producto de una violación o provoca riesgos a la salud, a pesar de que éstos sí están permitidos por la ley.

En la sesión, los ministros Alberto Pérez Dayán y Yasmín Esquivel Mossa sostuvieron que los congresos estatales ni siquiera tienen competencia para legislar sobre derechos humanos de las mujeres.

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El debate se realizó al analizar la Constitución del estado de Sinaloa que establecía la protección de la vida desde el momento de la concepción. De esta forma, fue la razón por la que, por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválida esta cláusula.

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