Monterrey

Estas son las multas del Reglamento Homologado de Tránsito de Nuevo León

El Reglamento Homologado fue presentado por los 11 alcaldes del área metropolitana, informaron que estos cambios se aplicarán en todos los ayuntamientos para mejorar la circulación diaria

A partir del 1 de enero de este año, entró en vigor el nuevo Reglamento Homologado de Tránsito de Nuevo León, que contiene las reformas y disposiciones que serán aplicables a peatones, conductores, pasajeros y propietarios de cualquier tipo de vehículo matriculado que circule en los municipios que conforman el área metropolitana de Monterrey.

“A partir del primero de enero entra (en vigor) en todos sus términos para el transporte de carga o cualquier otro usuario que viole este reglamento será multado en los términos del mismo”, afirmó previo al cierre del 2016 el alcalde de San Nicolás de los Garza, Víctor Fuentes.

El reglamento fue presentado por los 11 alcaldes del área metropolitana, los cuales informaron que estos cambios se aplicarán en todos los ayuntamientos para mejorar la circulación diaria de los ciudadanos y de tránsito pesado, así como la creación de un observatorio ciudadano, obligatoriedad de la retención infantil, velocidad permitidas.

El Secretario Técnico de la Asociación Metropolitana de Alcaldes (AMA), Oscar Cantú informó que el reglamento consta de 194 artículos, 17 capítulos y anexos (diferentes para cada municipio), con los que se pretende establecer un orden en las vialidades de Monterrey y su área metropolitana.

La intención de la homologación es ordenar y mejorar la cultura vial de los ciudadanos además de prevenir accidentes.

Otro de los puntos importantes de este nuevo reglamento, son las amonestaciones a peatones por el uso de celular y audífonos; además, se prohíbe que los ciclistas utilicen el teléfono celular o cualquier otro tipo de dispositivo de audio cuando conduzcan.

La red troncal

Una de las modificaciones de este nuevo reglamento que entró en vigor el domingo pasado, es el tema del transporte de carga, lo que se denomina “la red troncal”, que son todas las avenidas por las que el transporte pesado puede movilizarse, las condiciones en las cuales se podrá circular fuera de ésta, las avenidas restringidas y las limitaciones de horario.

Esta red troncal se compondrá de 70 avenidas en donde podrá desplazarse este tipo de transporte y fuera de éstas no podrán circular, salvo que cuenten con un permiso especial.

El  transporte pesado tampoco podrá transitar fuera de los horarios establecidos, que serán de 6:30 a 9:30 am y de 18:00 a las 21:00 pm.

Las multas y sanciones contempladas para el transporte de carga pesada serán de 3 mil 652 pesos, por circular por las vías restringidas sin el permiso correspondiente, o por circular por las vías limitadas fuera de horario; y una multa de 7 mil 304 pesos para vehículos de transporte de carga pesada con tractor doblemente articulado, que circulen en las vías prohibidas por el reglamento.

Infracciones

Las infracciones también sufrieron una serie de modificaciones y aumento para este año en donde se contemplan 228 infracciones homologadas, de las cuales 20 son graves, las cuales deberán pagarse íntegras sin descuento alguno.

Algunas de las principales infracciones son:

I. Circular a exceso de velocidad en zona escolar; Infracción de  mil 460.80 pesos  a dos mil 191.20. pesos

II. Circular a exceso de velocidad en zona urbana; 876.48 a  mil 95.60, pesos

III. Negarse a examen médico tres mil ,652.00 a 14 mil 608.00

IV. Conducir en estado de ebriedad completo, estado de ebriedad incompleto o bajo el influjo de drogas o estupefacientes; tres mil 652.00 a 14 mil 608.00 pesos.

V. Negarse a dar datos y/o a entregar la licencia de conducir y tarjeta de circulación al personal de tránsito; 730.40 a mil 95.60 pesos

VI. Proporcionar datos falsos al personal de tránsito; mil 460.80 a dos mil 191.20 pesos

VII. Huir en caso de hecho de tránsito; tres mil 652.00 a 14 mil 608 pesos

VIII. Infracciones cuya violación cause daños a terceros;

IX. Insultar, amenazar o agredir al personal de tránsito; tres mil 652.00 a siete mil 304 pesos

X. Circular con placas que no correspondan al vehículo; tres mil 652 a siete mil 304p esos

Los anexos del Reglamento son diferentes, de acuerdo con la situación de cada municipio.

XI. Estacionarse en lugares exclusivos o rampas para personas con discapacidad, frente a hidrantes; dos mil 191.20 a tres mil 652 pesos

XII. Transportar explosivos y material peligroso sin autorización;dos mil 191.20 a tres mil 652 pesos

XIII. Poseer, en el área de pasajeros de un vehículo, una botella, lata u otro envase que contenga una bebida alcohólica que ha sido abierta o tiene sellos rotos o el contenido parcialmente consumido; tres mil 652 a 14 mil 608 pesos

XIV. Sujetar aparatos de comunicación, ya sea teléfonos celulares, radios o cualquier aparato electrónico u objeto derivado de las nuevas tecnologías de la información y comunicación; mil 460.80 a dos mil 191.20 pesos

XV. Prestar servicio público con placas particulares; mil 460.80 a dos mil 191.20. pesos.

XVI. No mover el vehículo en un hecho de tránsito, cuando el Policía de Tránsito así lo indique; tres mil 652  a $14 mil 608 pesos

XVII. No utilizar el Sistema de Retención Infantil; mil 95.60 a mil 460.80 pesos

XVIII. Circular por las vías restringidas sin permiso correspondiente, los transportes de carga; dos mil 191.20 a tres mil 652. pesos.

XIX. Circular por las vías limitadas, fuera de horario, los transportes de carga; dos mil 191.20 a tres mil 652 pesos.

XX. Circular los vehículos de transporte de carga pesada con tractor doblemente articulado. tres mil 652  a siete mil 304 pesos.

Es importante señalar que una vez publicado en el Periódico Oficial del Estado, el documento entrará en vigor al 100% hasta dentro de 150 días.

Con información de Posta y El Economista

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