Según el último estudio de la Asociación de Internet de MX, siete de cada 10 mexicanos tienen acceso al ciberespacio, el 51% son mujeres, el segmento más numeroso es de 25 a 34 años, el promedio de conexión es de ocho horas con 20 minutos al día, el 92% lo hace a través de un teléfono inteligente y el 82% principalmente accede a sus redes sociales.
Sin duda la pandemia de COVID-19 ha venido a modificar nuestros hábitos de consumo de internet, pero lejos de disminuirlos ahora pasamos más tiempo conectados a las plataformas virtuales pues se han convertido en nuestro centro de trabajo o de educación: el trabajo en casa y las clases en línea hoy ocupan parte de nuestra dinámica cotidiana.
Lo anterior deja de manifiesto que el ciberespacio se convierte en una atmósfera relevante para todos que no está exenta de violencia contra las mujeres cuyos datos son aterradores: en 2019, el 36.4% de las mujeres entre 20 y 29 años fueron víctimas de ciberacoso, por si fuera poco, el 40.3% de las mujeres mayores de 12 años recibieron insinuaciones o propuestas sexuales por internet.
En ese sentido, hoy más que nunca es apropiado contar con una legislación como la Ley Olimpia que sanciona las conductas que violentan a las mujeres en el ciberespacio. Esta ley tiene su origen en el caso de Olimpia Coral Melo que en 2014 descubrió que en redes sociales circulaba un video sexual que hizo público su exnovio y se viralizó en su comunidad de origen. De hecho, un periódico local lucró con su imagen llamándola “la gordibuena de Huauchinango” provocando que la entonces joven de 18 años se encerrara en su casa por ocho meses e intentara suicidarse en distintas ocasiones.
Lo peor fue darse cuenta de que ese hecho no estaba tipificado en el Código Penal de su estado por lo que decidió buscar a otras víctimas para redactar una ley que castigara la difusión de este tipo de material sin consentimiento de los participantes. En diciembre de 2018, las reformas legislativas fueron aprobadas en Puebla. Actualmente 24 estados han aprobado la Ley Olimpia en su legislación interna y hace unas semanas el Senado de la República la aprobó a nivel federal.
Esta legislación sanciona la violencia digital que está definida como todas las acciones en las que se expongan, difundan o reproduzcan contenido audiovisual de índole sexual íntimo de una persona sin su consentimiento a través de medios electrónicos que atentan contra su dignidad, integridad y vida privada causando un daño psicológico en el ámbito público como privado, además de daño moral. Es por ello que esta ley prohíbe la difusión de material íntimo, el ciberacoso y busca garantizar una vida libre de violencia.
Así, se imponen sanciones entre tres y seis años de prisión o una multa de entre 43 mil y 86 mil pesos a quienes cometan estos actos que tienen como agravantes cuando sean realizados por una persona que tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza con la víctima.
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Cabe señalar que esta ley empata con el quinto Objetivo de Desarrollo Sostenible que busca poner fin a todas las formas de discriminación contra las mujeres y niñas pues se ha demostrado una y otra vez que empoderarlas tiene un efecto multiplicador y ayuda a promover el crecimiento económico y el desarrollo a nivel mundial. Aunque aún falta mucho por hacer para construir un país más equitativo y acabar con la violencia de género, este es tan solo un paso para que las mexicanas vivamos más seguras. Al tiempo…
DETALLES. El martes 17 de noviembre a las 18 horas los invito a seguir el Foro sobre Violencia Política en Razón de Género por el Facebook de 50mas1CDMX. ¡NO SE LO PIERDAN!