Multas desde cuatro mil 344 hasta 35 mil 968.32 pesos se aplicarán a los concesionarios o permisionarios que brinden el servicio de grúas y corralones en el estado de Puebla, lo anterior a lo establecido en el nuevo reglamento presentado por la Secretaría de Movilidad y Transporte.
En el documento también establece que quienes incumplan con las normas de regulación, en materia de servicios auxiliares de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, se les podrá realizar la revocación o suspensión tanto de la concesión como del permiso de operaciones.
Multas desde 4 mil 344 hasta 35 mil 968.32 pesos se aplicarán a los concesionarios o permisionarios que brinden el servicio de grúas y corralones en el estado de Puebla, lo anterior a lo establecido en el nuevo reglamento presentado por la Secretaría de Movilidad y Transporte.
En el documento también establece que quienes incumplan con las normas de regulación, en materia de servicios auxiliares de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, se les podrá realizar la revocación o suspensión tanto de la concesión como del permiso de operaciones.
La SMT precisó que son los únicos facultados para fijar las tarifas para el cobro de dichos servicios, así como coordinar el registro de las concesiones y permisos, la expedición de documentación inherente, además de autorizar el acceso a los depósitos a las personas y autoridades competentes.
También la dependencia se compromete a integrar y mantener actualizado el padrón de los prestadores de servicios y realizar inspecciones físicas y periódicas en los depósitos vehiculares.
El reglamento también contempla obligaciones a los que brinden los servicios anteriores, pues a partir de este año deberán efectuar el servicio en territorio estatal y dentro de los polígonos de servicio autorizados por la Secretaría y en aquellos en que exista convenio suscrito por el Gobierno del Estado y la Federación o los municipios.
Asimismo, los dueños de depósitos vehiculares responderán por el vehículo en caso de algún faltante en cualquiera de sus partes o accesorios; así como de los daños causados durante el tiempo que permanezcan bajo su custodia; deben prohibir el acceso a toda persona ajena a los depósitos, y deberán refrendar cada año la concesión o permiso, previa solicitud.
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