Nacional

SCJN propone modificación constitucional para sancionar feminicidios

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU destacó que no hay un solo criterio para sancionar este delito

Actualmente en el Artículo 73 de la Constitución no está establecido el delito de feminicidio FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, presentó ante el Senado de la República el proyecto de ley para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Feminicidio, en la que se plantea un cambio constitucional para que se establezcan los tipos penales y sus sanciones en este delito.

El proyecto propone que el Congreso de la Unión tenga la facultad para “expedir las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de feminicidio y delitos vinculados”.

No te puedes perder: Rabbit®, la startup que está revolucionando el abasto presencial de las tiendas lanza su App Rabbit®

Esto se debe a que actualmente en el Artículo 73 de la Constitución no está establecido el delito de feminicidio, aunque en el Código Penal Federal si contempla una sanción de 40 a 60 años de prisión y de quinientos a mil días multa.

“El Estado Mexicano, a través de sus niveles de gobierno, ha tomado acciones para atender la violencia generalizada contra las mujeres, pero la realidad evidencia que éstas no han sido suficientes: la heterogeneidad de los tipos penales de feminicidio, la falta de coordinación institucional en la investigación y persecución de éstos, así como en la implementación de políticas públicas, han impedido garantizar de manera efectiva la protección a la vida y la integridad de las mujeres en México”, establece el proyecto.

Desde 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas recomendó al Estado mexicano que la codificación del feminicidio se base en elementos objetivos y así se permita su adecuada calificación en los códigos penales locales, pues desde 2018 el Comité manifestó su preocupación por la falta de armonización de la legislación estatal para tipificar el delito de homicidio.

La SCJN argumentó que la modificación constitucional permitiría prevenir, sancionar, investigar y reparar la violencia más extrema en contra de la mujer.

Te recomendamos: ¿Se pueden evitar los problemas cardíacos en la obesidad?

“La propuesta se funda en la compleja forma de estructuración de nuestro federalismo y de las facultades de la Federación y entidades, de manera tal que, atendiendo a una división de poderes funcional, puedan maximizarse las facultades de coordinación de los tres niveles de gobierno, priorizando la dignidad de las mujeres y su derecho inderogable a vivir y a que su vida sea libre de violencia”.

Si se contra la modificación, se establecería a nivel nacional el tipo penal de feminicidio y delitos vinculados a éste, así como la coordinación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno para la prevención, investigación, juzgamiento y sanción de estos delitos, además del establecimiento de medidas específicas de atención, ayuda, asistencia, protección y reparación integral para garantizar los derechos de las víctimas.

Conmemoran el "Día de Muertas" en nombre de las mujeres asesinadas en México (EFE)
DV Player placeholder

Tags


Lo Último