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SCJN invalida reforma que obliga a periodistas a diferenciar opinión en radio y TV

La Corte inválido en su totalidad el decreto de reforma de octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de derecho de las audiencias.

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Los ministros de la SCJN afirmaron que dicha reforma no cumplió con todos los requisitos legislativos que conlleva una reforma, por lo que los diputados federales ahora tendrán que emitir una nueva sobre este tema. (Tercero Díaz/Tercero Díaz)

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por unanimidad la reforma de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de derechos de las audiencias, por irregularidades en el proceso legislativo.

Este 29 de agosto, los ministros de la SCJN abordaron los puntos relacionados a los “derechos de las audiencias”, así como otras situaciones que en escencia obligan a las estaciones de radio y televisión a diferenciar sus contenidos de opinión de los informativos.

Estos requisitos fueron soslayados en la discusión correspondientes y significan una violación a al proceso legislativo, así como al derecho que asiste a las minorías de no ser excluido de los procesos legislativos.

—  Precisó el ministro Alberto Pérez Dayán

El ministro aseguró que se rechazó el dictamen debido a que se avaló en su momento sin que existiera lecturas previas que marca el reglamento del Congreso de la Unión, además, explicó, que no se cumplió con el requisito de que el dictamen se hubiese publicado en la gaceta del Senado al menos 24 horas antes de su discusión.

Ante ello, ahora será responsabilidad de los diputados de la Cámara de Diputados para que armonicen la reforma e impulsen una que cumpla con todos los requisitos y respeten los procedimientos legislativos.

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