El Senado aprobó en lo general y particular la reforma que prohíbe las terapias de reconversión sexual a nivel nacional, la bancada del PAN y el PRI acusaron que la iniciativa que se avaló tiene ambigüedades jurídicas; sin embargo, sus llamados fueron rechazados por el grupo mayoritario de Morena y sus aliados.
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Con 59 votos a favor, dos en contra y 15 abstenciones, se aprobaron en lo general y particular, la reforma que modifica los artículos 209 Ter y adiciona el 465 bis de la Ley General de Salud, por lo que se prohíbe este tipo de procedimientos en todo el territorio nacional, debido a que se vulneran los derechos humanos de las personas que son sometidas a este tipo de tratamientos.
La senadora del PRI, Claudia Anaya, aseguró que el dictamen para prohibir las terapias de reconversión sexual cuenta con “múltiples errores de técnica jurídica”; citó como por ejemplo, el párrafo que determina imponer hasta 18 años de cárcel a los padres que lleven a terapia a sus hijos menores de edad.
En tanto, Patricia Mercado, senador por Movimiento Ciudadano, celebró la decisión y llamó a evitar replicar este tipo de prácticas que violentan a grupos vulnerables y los reevictimiza. “Pasaron 4 años desde la presentación de la iniciativa pero lo logramos” dijo la legisladora.
En tanto, el blanquiazul Erandi Bermúdez, dio a conocer varias precisiones, debido a que esta prohibición de terapias de reconversión sexual podría afectar a los profesionales de la psicología y la psiquiatría que atienden a personas que por su voluntad los consultan. De esta manera, este tipo de terapias podrían ser consideradas como un delito y ser denunciadas ante la autoridad.
Mientras que las personas que obliguen a alguien a acudir o asistir a estas terapias, podría ser encarceladas y los psicólogos que acepten participar en estos tratamientos, podrían perder su cedula profesional.
A considerar:
- Las terapias de conversión, también conocidas como ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género) son estrategias que tienen como único objetivo el de convertir a una persona a determinada orientación sexual mediante el uso de métodos de violencia física, psicológica o sexual.
- Estas por lo general se efectúan sobre personas que tienen una orientación sexual diferente a la heterosexualidad.
Dato:
El dictamen añade el capítulo “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” al Código Penal Federal y también reforma la Ley General de Salud.