El Reglamento de la Ley de control del tabaco no cuenta con verificadores suficientes para garantizar su aplicación y deja en manos de la ciudadanía la responsabilidad de presentar las denuncias para que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) imponga las posibles sanciones.
El 15 de enero entraron en vigor las nuevas disposiciones que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 16 de diciembre, mismas que estipulan el retiro de la promoción, la publicidad (directa e indirecta) y de los productos en exhibición elaborados con tabaco en todos los centros de venta del territorio mexicano.
Asimismo, incorporó modificaciones para que todos los espacios públicos cerrados, áreas interiores de trabajo, sitios de concurrencia colectiva, centros educativos, restaurantes, playas y otros espacios fueran declarados espacios 100% libres de humo de tabaco o vapeador.
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Sin embargo, representantes de organizaciones como Salud Justa MX, Códice y Los rescatadores; así como de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) y del Consejo Mexicano Contra el Tabaquismo (CMCT) señalaron en rueda de prensa que, aunque el órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud federal no cuenta con los verificadores para el cumplimiento cabal del reglamento, la ciudadanía tiene que aceptar una responsabilidad compartida para que se apliquen las nuevas disposiciones.
“No hay, probablemente, verificadores que puedan garantizar el cumplimiento de estas nuevas normativas; pero hay 90% de la población en México que somos personas no fumadoras y, en ese sentido, quiero decir que la esencia de este tipo de medidas es empoderar al ciudadano para que sea el mismo ciudadano que se convierta en el garante de la aplicación de estas medidas”.
— Carlos Gámez, director de la Oficina para el Control del Tabaco de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).
Hasta noviembre de 2022, la Cofepris reportó un listado de 42 verificadores adscritos a la Gerencia de verificación de establecimientos, quienes tendrían la labor titánica de verificar más de 1.2 millones de establecimientos a nivel nacional.
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Ante este panorama, la Cofepris detalló que vigilará la aplicación las nuevas disposiciones en coordinación con los gobiernos estatales, quienes según el artículo 393 de la Ley General de Salud, tienen la obligación de vigilar el cumplimiento de esta. No obstante, todavía sin aclarar la cantidad de verificadores que se dispondrán a nivel nacional
En este sentido, Miguel Ángel Toscano, presidente y fundador de la asociación civil Refleacciona con Responsabilidad, indicó que existen alternativas para denunciar a quienes violen el Reglamento de la Ley de control del tabaco, como las denuncias sanitarias de en la página de la Cofepris.
“La vigilancia va a ser un proceso muy muy importante, donde tendremos que denunciar. Una vez que nosotros hacemos la denuncia ante la Cofepris, lo que hace es la manda a los estados y ahí, o lo pueden hacer por medio de las cofeprises estatales. Los verificadores Irán y sancionarán en su caso. La otra también lo pueden hacer por medio de las alcaldías, los alcaldes también están facultados para vigilar el cumplimiento”.
— Miguel Ángel Toscano.
Preponderar el interés superior de la salud antes que el interés del comercio
Desde el 15 de enero la discusión entre quienes están a favor de las nuevas disposiciones y quienes se oponen subió de tono y organizaciones como la Asociación Nacional de Pequeños Comerciantes (Anpec) anunciaron afectaciones de cerca del 25% en los ingresos de los micro, pequeños y medianos negocios, por lo que prepararían amparos y asesorarían a quienes se quisieran sumar.
No obstante, especialistas como la doctora Guadalupe Ponciano, coordiandora del CMCT, aseguran que el Reglamento prepondera el interés superior de la salud, antes del interés del comercio. “Este reglamento sin lugar a dudas está defendiendo un derecho superior como es la protección a la salud que está establecida perfectamente en el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, derecho a la protección de la salud”.
Ponciano explicó que en México se gastan más de 116 mil millones de pesos cada año en atender enfermedades relacionadas con el tabaco, las cuales pueden prevenirse con la aplicación estricta de esta regulación.
Datos del tabaquismo en México
- Diversas encuestas nacionales indican que la prevalencia del tabaquismo excede los 15 millones de fumadores.
- Un tercio de la población de 12 al 65 años está expuesta de manera involuntaria al humo de tabaco ambiental o al humo de tabaco de segunda mano.
- Más de 65 mil mexicanos mueren al año como consecuencia de las múltiples enfermedades que se asocian al consumo de tabaco.
Sanciones por violar el Reglamento de la Ley de control del tabaco
- Amonestación con apercibimiento.
- Multa.
- Clausura temporal o definitiva.
- Arrestos hasta por 36 horas.
Multas
- Hasta de 10 mil 374 a las personas que fuman en lugares 100% libres de humo.
- A los dueños de establecimientos que infrinjan el reglamento de 103 mil 740 a 414 mil 960 pesos.
- Por violaciones a la prohibición de promoción y publicidad de 414 mil 960 a un millón 37 mil 400 pesos.