Las autoridades sanitarias mexicanas autorizaron, por mandato judicial, a una filial de la empresa canadiense Xebra Brands para cultivar, procesar y comercializar de manera industrial el cannabis sin psicoactivo. Es la primera compañía de ese tipo que operará en México.
El permiso fue otorgado bajo objeción de la comisión sanitaria, pues sostiene que no cuenta con la suficiente información para garantizar la seguridad del producto.
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La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) anunció en un comunicado, que emitió de manera conjunta con las secretarías de Gobernación y Salud, que por decisión de el Segundo Juzgado de Distrito fue obligada a emitir una autorización para el procesamiento y comercialización del cannabis industrial, así como para la importación de la semilla y el procesamiento del material vegetal para extraer aceite de cannabidiol.
Un funcionario de COFEPRIS, que prefirió mantenerse en el anonimato, dijo que la decisión fue a favor de Desart MX, filial mexicana de Xebra Brands.
La autoridad sanitaria afirmó que dio paso al permiso “ante amenazas de multas y destituciones de servidores públicos” y admitió que en este momento “no cuenta con suficiente información para determinar que este producto es seguro para los fines que la empresa multinacional pretende utilizarlo”.
Asimismo, la comisión indicó que ante el “grave riesgo a la salud que una autorización de este tipo representa”, decidió presentar recursos de queja e inconformidad ante los tribunales para tratar de revertir e invalidar el permiso, lo que podría suponer para Xebra una nueva batalla legal.
La decisión de COFEPRIS se da luego de casi dos años de acciones judiciales que se iniciaron a finales de 2021, en que la Suprema Corte de Justicia otorgara un amparo a favor de Xebra para que pudiera sembrar, cultivar y manufacturar en México diversos productos de cannabis para usos industriales sin psicoactivo.
En la sentencia, la Suprema Corte ordenó a COFEPRIS emitir una licencia y definir los parámetros de operación de la filial mexicana, proceso que se extendió por más de un año, que llevó a la empresa canadiense a recurrir a tribunales para que se cumpliera la decisión del máximo tribunal.
Xebra Brands indicó en un escrito que las autorizaciones de la COFEPRIS son para la “comercialización de productos de cannabis con bajos niveles de THC (menos del 1%) así como la fabricación y comercialización de todos los aceites cannabinoides únicos, como CBD, CBG, CBN, y otros cannabinoides bajos en THC así como cierto usos de la flor de cannabis”.
El cáñamo es una variedad de la planta cannabis sativa con bajo contenido en Delta-9 tetrahidrocanabinol (THC) que es el principal constituyente psicoactivo del cannabis. Cáñamo es el nombre de la fibra que se obtiene de la planta que puede emplearse para la elaboración de textiles, combustibles ecológicos, materiales de bioconstrucción, celulosa para papel y hasta cosméticos.
El cannabidiol (CBD) es uno de los 113 cannabinoides, o compuestos químicos, que se encuentran en cannabis sativa. El CBD parece moderar el efecto eufórico del THC, pero hay investigaciones que sugieren que puede incrementar el estado de alerta.
El cannabigerol (CBG) es otro cannabinoide, no psicoactivo, que también se encuentra en el género de plantas de cannabis.
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El director y representante legal de Desart MX, Rodrigo Gallardo, precisó que COFEPRIS “estableció una serie de requisitos en paralelo al permiso y que los impugnarán en tribunales para cambiarlos porque son exclusivamente para sustancias controladas o para psicotrópicos, los cuales a nosotros no nos aplica”.