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TEPJF ordena investigar actos anticipados de campaña de las corcholatas

Los funcionarios públicos participaron en un mitin en Toluca donde Morena designó a Delfina Gómez como su candidata a la gubernatura del Edomex

En la marcha se encuentran los principales contendientes a la presidencia.
AMLO. En la marcha se encuentran los principales contendientes a la presidencia.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó una investigación contra las tres “corcholatas” de Morena: Claudia Sheinbaum, Adán Augusto y Marcelo Ebrard, por emprender actos anticipados de campaña y vulnerar el principio de imparcialidad, durante un mitin celebrado en Toluca en 12 de junio de 2022.

El mitin realizado en la explanada del Teatro Morelos en la Ciudad de Toluca se nombró “Movilización para que siga la transformación”, y se realizó previó a que Morena designara a Delfina Gómez como su candidata a la gubernatura del Estado de México, algunos de los denunciados fueron referentes a que el partido morenista ganaría la elección: “¿Por qué estamos en Toluca hoy? Porque en el 23 Estado de México se une a la cuarta transformación de la vida pública de México”, dijo Claudia Sheinbaum.

Pleno del TEPJF
Pleno del TEPJF

Para entender el contexto: Presidenciables de Morena inician carrera para 2024 con mitin en Edomex; candidato será por encuesta

La Sala Especializada desechó la queja en contra de los servidores públicos: Secretario de Gobernación, secretario de Relaciones Exteriores y la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, por presuntos actos anticipados de campaña, ya que en su opinión no se trató de conductas sistemáticas y planificadas, por lo tanto, no existen elementos para acreditar que fue una estrategia de promoción, por lo que la sentencia fue revocada por la Sala Superior del órgano electoral.

La revocación se dio porque los magistrados señalaron que la Sal Especializada exigió indebidamente mayores requisitos que los previstos por la jurisprudencia para acreditar la infracción e incurrió en contradicciones al determinar que los dichos de las “corcholatas” pudieron generar una afectación real a las condiciones de equidad del proceso electoral del Estado de México y concluir que las conductas susceptibles de sanción por no ser parte de una estrategia política planificada y reiterada.

La Sala Especializada también tendrá que analizar si los dichos de los funcionarios transgredieron el artículo 134 de la Constitución que prohíbe el uso de recursos públicos para incidir en la contienda electoral a para promoción personalizada de funcionarios públicos.

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