Nacional

Sanciones que las corcholatas de Morena y opositoras obtendrán si rompen reglas

Ante los procesos internos para que cada partido elija al candidato que los representará en las elecciones del 2024, el INE estableció lineamientos

INE-Sanciones-corcholatas-Morena-Frente-Amplio-por-México
Morena y FAM

El Instituto Nacional Electoral emitió reglas para regular y fiscalizar los actos, actividades, propaganda, y procesos internos de Morena y partidos opositores.

Los procesos internos son considerados por el INE como el conjunto de actos, actividades y propaganda que realizan los partidos políticos y cualquier persona cuya finalidad sea establecer una estrategia encaminada a posicionar o definir liderazgos políticos, que podrían ostentar una precandidatura o candidatura en el proceso electoral, así como aquellos otros procesos que sean similares”.

También lee: Aspirantes del Frente Amplio por México con el tiempo contado en sus cargos

Ante ello, autoridades electorales establecieron un tope de gastos para cada aspirante, así como la Unidad Técnica de Fiscalización que estará monitoreando eventos y recorridos, así como distribución y colocación de propaganda de partidos políticos.

El límite de gastos en cada proceso político no podrá rebasar los 34 millones 370 mil 666 pesos por persona inscrita.

Mientras que el Instituto contará con la facultad para ordenar el retiro inmediato de toda propaganda que contenga elementos de naturaleza electoral. Se tendrá un plazo de cinco días naturales, a partir del día siguiente de la notificación, para ser retirado.

Te puede interesar: Debates, encuestas y resultados: Va por México detalla fechas de su plataforma para el Frente Amplio

Sanciones

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no estableció un régimen de sanción a excepción de los actos en materia de precampañas y campañas. El Consejero Arturo Castillo recalcó que “los actos anticipados de precampaña y campaña siguen estando prohibidos”

De acuerdo con el articulo 456 de la Ley Electoral, los actos anticipados de precampaña o campaña, dependiendo la gravedad, amerita una amonestación pública o multa, hasta la suspensión o cancelación del registro al partido Político.

Así mismo, el consejero Castillo destacó los únicos procesos que se permiten, por el momento, son los internos, que buscan elegir al posible candidato que representará a su respectivo partido político en los comicios del 2024.

Es importante mencionar que la Sala Superior de la TEPJF es la única autoridad que puede retirar o evitar la candidatura de uno de los aspirantes a las elecciones presidenciales del siguiente año, esto con un proceso previo.

Te recomendamos: Corcholatas de Morena gastan casi 6 millones de pesos en recorridos nacionales

DV Player placeholder

Tags


Lo Último