Nacional

Suprema Corte reitera poner “bajo llave” las compras de vacunas contra el Covid-19 por cinco años

Por seguridad nacional, el gobierno podrá mantener bajo reserva los pormenores de las adquisiciones de inoculables contra el SARS-CoV-2

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló en favor de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal y refrendó poner “bajo llave” las compras de vacunas contra el Covid-19 por cinco años, ello bajo el criterio de que la difusión de dicha información podría afectar la seguridad nacional.

Esta determinación, de carácter inapelable, va contra las resoluciones de 27 de mayo y 9 de junio de 2021, emitidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), quien exigió que se transparentara a detalle el proceso de adquisición de inoculables.

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Al respecto, se destaca que el INAI ordenó a la Secretaría de Salud (SSa) entregar la versión pública de los contratos de compra realizados con las farmacéuticas AstraZeneca, Serum, Pfizer, CanSinoBIO, Sinovac y Sputnik, así como con el mecanismo internacional que recibió el nombre de COVAX.

Dicha información fue reservada por el gobierno federal por considerarse de seguridad nacional, por lo que estaban exentas de cumplir con cabalidad la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, pues se consideró que la divulgación de las condiciones esenciales de esos contratos sí podía poner en riesgo la seguridad nacional.

Al existir una resolución del INAI contraria a los intereses del Poder Ejecutivo, se acudió a la SCJN, quien modificó las resoluciones del organismo descentralizado, para considerar válida la entrega de los contratos señalados en formato de versión pública, pero modificando el periodo de reserva fijarlos en cinco años.


Finalmente, la Corte bateó la resolución del INAI en relación a la iniciativa COVAX al tratarse de información transparentara. Al respecto existe una versión pública ya difundida, elaborada por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la cual es exactamente igual a la ordenada por el Instituto de Transparencia y, por tanto, los datos solicitados se consideran como públicos.

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