Lilia Margarita Valdez, senadora por Morena, presentó una iniciativa para modificar las funciones de los consultorios médicos anexos a farmacias, ello para mejorar y regular los servicios que proveen a sus clientes. Para lograrlo, propuso modificar la Ley General de Salud (LGS).
El periodo ordinario de sesiones inició con la propuesta de Valdez Martínez, quien sostuvo que, desde la década de los 80, México inició un proceso de cambio en materia sanitaria, donde la privatización de la atención pública se redujo y ya para 1997 comenzaron a proliferar los consultorios aliados a las grandes empresas farmacéuticas.
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Fue así como se crearon los Consultorios Adyacentes a Farmacia (CAF) y, con ello, señaló la senadora en su exposición de motivos, inició un negocio redondo donde los médicos que atienden en esos lugares, además de ser subcontratados, promueven los productos que se venden en las farmacias.
De acuerdo con datos del Coneval, el 25% de los mexicanos que tuvo un malestar se atendió en el consultorio de farmacia más cercano a su hogar o centro de trabajo; es decir, la salud de una de cada cuatro personas en todo el país depende de estos servicios.
Por ello, este tipo de consultorios atienden a 10 millones de personas al mes.
Es en este contexto, promovido desde administraciones previas, donde las empresas farmacéuticas han comenzado a capitalizar clientes que buscan un servicio médico. “En un estudio realizado por el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), destaca que de 2012 a 2018 la atención médica en los CAF pasó de 32.4 % a 46.6% en la población derechohabiente a cualquier servicio público (IMSS, ISSSTE u otro)”, apunta la legisladora.
Por ello, la abanderada de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) agregó el Artículo 38 Bis a la LGS, la fracción VII al Artículo 198 y el Artículo 260 Bis. Además, se modifica la Fracción VI del Artículo 198 y el 420 de dicho ordenamiento. Entre otras cosas, la reforma a los consultorios de farmacia expresa:
- En ningún caso se podrá condicionar la prestación del servicio de atención médica a la compra del medicamento u otros insumos en la farmacia, droguería y botíca adyacente.
- El personal médico contratado para brindar atención médica en dichos consultorios deberán ser contratados conforme a los establecido en los artículos 14 y 15 de la Ley Federal del Trabajo.
- Los propietarios de farmacias, droguerías y botícas no podrán establecer un régimen de comodato con el personal médico que brinde atención médica en los Consultorios Adyacentes a Farmacias.
Además, con esta iniciativa se promueven multas de 2 mil a 6 mil Unidad de Medida y Actualización (UMAs) en caso de no cumplir con lo dispuesto en esta modificación; es decir, se podrá penalizar a farmacias con montos de 207 mil 480 pesos hasta 622 mil 440 pesos.