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¿Qué tiene prohibido AMLO hacer en las mañaneras durante las campañas electorales?

El presidente tiene prohibido difundir logros de gobierno, obra pública e. incluso, emitir información dirigida a incidir en las preferencias electorales

Durante la conferencia de prensa matutina de este viernes, el presidente Andrés Manuel López Obrador leyó los criterios jurisdiccionales que él y los funcionarios públicos federales deben seguir en las “mañaneras”, mismos que buscan garantizar que dichos eventos se mantengan enfocados en informar de manera objetiva a la ciudadanía, evitando la manipulación política o electoral.

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Algunos de los criterios son:

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  • La información difundida como propaganda gubernamental debe tener carácter institucional y abstenerse de incluir elementos que puedan constituir propaganda política o electoral, así como evitar la promoción personalizada de algún servidor público.
  • Durante las conferencias, los funcionarios públicos deben abstenerse de difundir logros de gobierno o emitir información destinada a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.
  • Se prohíbe la exaltación, promoción o justificación de programas o logros de administraciones específicas, así como cualquier alusión a plataformas políticas, proyectos de gobierno o procesos electorales.
  • Se destaca la especial responsabilidad del Presidente de la República en mantener la neutralidad, dada su posición protagónica en la vida política y su influencia sobre los recursos del Estado.

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  • Queda prohibido hacer referencia a candidaturas, partidos políticos o procesos de selección de candidatos durante las conferencias de prensa.
  • La comunicación social durante procesos electorales no debe estar dirigida a influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos, candidatos o precandidatos.
  • Se prohíbe la contratación de tiempos en medios de comunicación con el fin de influir en las preferencias electorales.
  • Los recursos públicos, ya sean humanos, materiales o económicos, no deben ser utilizados con fines político-electorales.
  • Se evita la emisión de expresiones negativas hacia partidos políticos, así como cualquier posicionamiento político-electoral por parte de los funcionarios públicos.
  • Durante el ejercicio de su libertad de expresión, los funcionarios públicos deben tener cuidado de no interferir en el proceso electoral ni vulnerar principios constitucionales de imparcialidad, neutralidad y equidad.
  • Se prohíbe asociar personalmente al presidente con logros gubernamentales con el propósito de favorecer su imagen política o atacar a partidos políticos opositores.
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