El gobierno de la Ciudad de México informó que este sábado entró en vigor el Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios, para regular el establecimiento, funcionamiento, conservación, operación, administración y vigilancia del servicio público de cementerios tanto civiles como concesionados, crematorios, así como de los servicios funerarios en la capital del país.
En él se contempla la construcción en cada uno de los cementerios de un Memorial para alojar los restos humanos cuya temporalidad feneció y no se cuenta con renovación por parte de los deudos.
El nuevo Reglamento establece que todos los cementerios y crematorios contarán con cámaras de videovigilancia que tendrán conexión directa con el C5 las 24 horas del día, los 365 días del año.
También se crea el Sistema de “Registro de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios”, en el que se concentrará la información relacionada a la recuperación de fosas, criptas, gavetas y nichos en estado de abandono; el registro de las personas trabajadoras y encargadas de cementerios en cualquiera de sus modalidades; así como del alojamiento de restos humanos, restos humanos áridos, cremados y cumplidos; entre otros datos.
Las 16 alcaldías deberán determinar específicamente al personal que labore en oficinas administrativas de los cementerios y crematorios.
Las personas encargadas de los cementerios y crematorios deberán aprobar un examen de control de confianza y no contar con antecedentes penales; entre otros requisitos.
La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo se coordinará con las alcaldías emprenderá una campaña de información en los cementerios civiles para informar a las personas prestadoras de servicios externos sobre los requisitos con los que deben cumplir para tramitar su licencia.
En tanto, la Agencia de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud realizará gestiones para que el Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses del Tribunal Superior de Justicia capacite al personal adscrito a las alcaldías en el correcto manejo de cadáveres.
Las infracciones y sanciones a las normas contenidas en el Reglamento irán desde una Amonestación y multas de una a 50 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, hasta la cancelación definitiva de la autorización o concesión de los cementerios.
En materia penal para quien exhume restos de manera ilegal, se aplicarán las contempladas en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y demás delitos relacionados.