Trabajo y Cultura crean el contrato laboral artístico

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se adapta el régimen de la relación laboral de las personas dedicadas a las actividades artísticas, incluyendo entre las medidas la creación de un nuevo régimen de contratación con una modalidad específica: el contrato laboral artístico.

Tal y como han señalado a Europa Press fuentes participantes en la elaboración del texto, este contrato será de duración determinada para «atender a las necesidades específicas de un sector que se caracteriza por la temporalidad y la intermitencia de su actividad».

Publicidad

La semana pasada, el ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, avanzaba que el Estatuto del Artista incorporaría un nuevo modelo contractual laboral «adecuado a la intermitencia» del sector cultural, que bajo el epígrafe de ‘contrato laboral artístico de duración determinada’ estaba previsto que entrase en vigor a partir del próximo 1 de abril.

Iceta adelantó estas medidas que se han ido acordando dentro de la comisión interministerial del Estatuto del Artista, tras reuniones y acuerdos con el Ministerio de Trabajo y Economía Social y también con el de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. «Es necesaria la reforma de la actual norma, que es de 1985 y no se ajusta a la realidad del sector», apuntaba entonces Iceta.

El Real Decreto-ley también englobará a las actividades técnicas y auxiliares necesarias para el desarrollo de la actividad artística. Fuentes ministeriales han reiterado que el Estatuto del Artista es «fruto del trabajo, el diálogo y el encuentro» del Gobierno y el sector de la cultura, y que esta norma mejora las condiciones laborales de un sector «particularmente afectado durante la pandemia».

Además del nuevo contrato, el texto incorpora la relación laboral especial de las actividades técnicas y auxiliares, reconociendo los derechos de un colectivo especialmente afectado por la contratación fraudulenta como falsos autónomos.


Así, según las mismas fuentes, permitirá modernizar y ampliar el concepto de actividad artística haciendo referencia a las actividades culturales ‘en el ámbito de las artes escénicas, audiovisuales y musicales’, eliminando «el viejo concepto» de ‘artistas en espectáculos públicos’.

También se adapta la legislación a la producción de expresiones artísticas en el entorno web y las nuevas fórmulas de difusión como el streaming, la difusión online o el podcast.

Por último, el nuevo texto prevé combatir la precariedad y la concatenación de contratos de temporada e impulsar su transformación en indefinidos o de tipo fijo discontinuo adaptados a la realidad de la actividad profesional que se desempeñe.

Asimismo, se mejora el régimen indemnizatorio de estos contratos, ya que esta cuantía se incrementa a 20 días cuando la duración del contrato exceda de 18 meses.

Síguenos en Google News:Google News

Contenido Patrocinado

Lo Último