Panamá.- Un panameño se enfrenta a 9 años y medio de prisión por agredir sexualmente a una mujer con una pierna escayolada

GIJÓN, 23 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía de Área de Gijón solicita la condena de 9 años y 6 meses de prisión para un procesado, natural de Panamá de 30 años, por agredir sexualmente a una joven a la que acababa de conocer y a la que inmovilizó en la playa de Poniente, aprovechándose de que tenía una pierna escayolada. La vista oral, celebrada este miércoles a puerta cerrada en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, ha quedado vista para sentencia, según ha informado la Fiscalía.

El Ministerio Público sostiene que el procesado, en situación irregular en territorio español, según el informe de la Brigada de Extranjería y Fronteras, entre las 21.00 y las 23.00 horas del 1 de julo de 2019, en la playa de Poniente en Gijón, se encontraba en compañía de la joven, de 22 años, con quien no mantenía ninguna relación y a quien había conocido momentos antes.

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Cuando la mujer, que tenía limitada su capacidad de movimiento, ya que llevaba una férula en la pierna, se tumbó en la toalla que el procesado tenía extendida en la playa, se lanzó de manera súbita encima de ella, apoyándose en la pierna que la joven llevaba escayolada, agarrándole la otra y sujetándola por los brazos, dejando a la joven desprovista de toda capacidad de movimiento.

Entonces comenzó a besarla por la cara, por la boca y por el cuello a pesar de su negativa, quien de manera repetida le decía en todo momento que parase, que le estaba haciendo daño. A continuación, el procesado, sin dejar de sujetarla y en contra de la voluntad de esta, mantuvo relaciones sexuales completas con ella sin utilizar preservativo, al tiempo que le decía: «A mí me gusta hacerlo así, te voy a dejar embarazada» y le repetía que se callase, que les iban a oír. El procesado se apoderó además de su cartera, que se cayó al suelo. Se la devolvió días después en el Juzgado, pero se quedó con dos billetes de 20 euros y con 5 euros en monedas que se encontraban en su interior.

El procesado carece de arraigo en España y no consta ninguna circunstancia excepcional que justifique su permanencia en territorio español. Mediante auto de fecha 4 de julio de 2019, dictado por el Juzgado de Instrucción número 3 de Gijón, se acordó prohibir al procesado acercarse a menos de 100 metros a la perjudicada, a su domicilio, trabajo y cualquier lugar donde se encuentre, así como comunicarse con ella por cualquier medio, hasta que se dicte una resolución definitiva que ponga fin al procedimiento.

Además de la pena de prisión, el procesado deberá abonar una multa que asciende a 960 euros. En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice a la perjudicada con 200 euros por las lesiones sufridas, con 3.000 por el daño moral causado y con 25 euros por el dinero sustraído, más los intereses legales correspondientes.


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