Economía

Empresas incumplidas pagarán multas severas por negarse a repartir utilidades

Las empresas que no paguen el reparto de utilidades antes del 30 de mayo, deberán cubrir multas de más de 481 mil pesos, alertó la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

Los trabajadores que no reciban utilidades tienen un año para reclamar el pago que les corresponda; incluso, la Ley Federal del Trabajo les otorga el derecho de irse huelga para exigir el reparto. (Crisanta Espinosa/Cuartoscuro)

Las empresas y patrones que incumplan con el reparto de utilidades, entre sus empleados, recibirán multas severas, que rondan medio millón de pesos, informó la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

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Informó que los Artículos 123, apartado A, de la Constitución Mexicana y 127 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), “los trabajadores tienen derecho a una participación en las utilidades de las empresas”, generadas, durante el ultimo año.

Señaló que por ser derecho constitucional, las utilidades no se pueden suspender, cancelar, negociar o pagar en especie; y debe debe ser entregado a los trabajadores antes de 30 de mayo, para quienes laboran una empresa o bien, a más tardar el 29 de junio, para los empleados de pequeños negocios, liderados por personas físicas.

La Profedet advirtió que las compañías o patrones que incumplan con el reparto de utilidades serán objeto de una multa mínima de 250 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA); que al precio actual de la UMA –96.22 pesos– equivale a 24 mil 55 pesos.

Además de una multa máxima de cinco mil veces la UMA, que arroja un castigo económico de 481 mil 100 pesos, para las empresas y negocios que no entreguen dicho beneficio en tiempo y forma, antes de los plazos establecidos por la ley.

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¿Cómo sé si la empresa debe pagarme utilidades?

La socia del despacho GLZ Abogados, Alejandra Massud, explicó a Publimetro que las empresas están obligadas a presentar su declaración anual ante el SAT, durante marzo y, a partir de este procedimiento, se determina si generó utilidades durante el año anterior.

Indicó que, en caso de haber generado ganancias, la compañía está obligada a repartir 10% de esas utilidades entre sus trabajadores; y para que estos últimos tengan conocimiento, la ley prevé la formación de una Comisión Mixta para el Reparto de Utilidades, que debe estar integrada por empleados y representantes patronales, en el mismo numero.

“Esta comisión tienen la función de revisar la información presentada por la empresa ante el SAT, enterar a los interesados si hubo o no utilidades; presentar un proyecto al respecto y verificar el pago de las utilidades entre los empleados”, explicó.

¿Qué pasa si no me pagan las utilidades?

El reparto de utilidades no se puede suspender, cancelar, negociar o pagar en especie, por tratarse de un derecho constitucional. (Crisanta Espinosa/Cuartoscuro)

La especialista en Derecho Laboral explicó que los trabajadores, que tengan alguna inconformidad con el pago de utilidades, pueden presentar una denuncia anónima ante la Profedet; a través del correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx o bien en los números telefónicos 800 717 2942 y 800 911 7877.

Refirió que, en caso de que la empresa haya generado utilidades y haya incumplido con el reparto, los afectados pueden acudir a dichos sistemas, “denunciar que ‘tal empresa’ no entregó dicho beneficio y solicitar una inspección para comprobar los hechos”.

Apuntó que, si la autoridad encuentra elementos de incumplimiento, impondrá multas, que van de 250 a cinco mil veces la UMA. Además de que, de acuerdo a la Fracción V, del artículo 450 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores pueden iniciar una huelga para “exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades”.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la denuncia?

Alejandra Massud apuntó que los trabajadores tienen un año, a partir del término del plazo legal del reparto de utilidades, para presentar su queja ante la Profedet; para que la autoridad realice una inspección y compruebe que hubo un incumplimiento.

Subrayó que los afectados también tiene un año para acudir a los Centros de Conciliación de las Entidades Federativas, si deciden formular una demanda formal; aunque la mayoría no presenta este tipo de recursos “por miedoa perder su trabajo.

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