El TJUE dice que británicos en la UE perdieron con el Brexit el derecho a votar o ser candidatos en municipales

BRUSELAS, 9 (EUROPA PRESS)

El caso se remonta a 2020, cuando una ciudadana británica --con residencia en Francia desde 1984 pero sin nacionalidad del país de acogida-- acudió a los tribunales galos para impugnar la decisión de retirar su inscripción del censo electoral de su municipio de residencia, Thoux, como consecuencia del Brexit.

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Esta persona alegó que ya no disfrutaba del derecho de sufragio activo ni pasivo en Reino Unido porque lo perdió al llevar más de 15 años residiendo en el extranjero y que a partir del Brexit también se le niega en Francia, a pesar de residir en este país desde mucho antes de consumarse el divorcio de Reino Unido con la UE.

En este contexto, la Justicia europea aclara en su sentencia de este jueves que la ciudadanía europea que confiere a los ciudadanos de la UE que residan en otro Estado miembro el derecho a votar en ese segundo país en elecciones municipales "requiere la posesión de la nacionalidad de un Estado miembro".

El derecho a sufragio activo o pasivo para nacionales de terceros países, sin embargo, no está recogido en ninguna disposición de los Tratados, añade el fallo del Tribunal con sede en Luxemburgo.

Por ello, el hecho de que un nacional británico que no ostenta también la nacionalidad del Estado miembro en que reside pierda el derecho de sufragio activo y pasivo en elecciones municipales del país que le acoge es "una consecuencia automática de la mera decisión adoptada soberanamente por Reino Unido de retirarse de la Unión".


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