Los consumidores mexicanos pagan propinas infladas, cuyo porcentaje se fija a partir del monto total del ticket o nota de servicio, con todo e impuestos incluidos y sin informar al cliente.
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La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó que “la propina en un restaurante o bar, entre otros establecimientos, es voluntaria y no puede incluirse en la cuenta sin consentimiento del consumidor”.
Explicó que el Artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor prohíbe a cualquier proveedor de bienes o servicios “llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores”.
“Los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios”, señala dicho artículo.
De tal suerte, apuntó la Profeco, que ningún consumidor en México puede ser presionado o condicionado al pago de propina, cuyo monto usualmente oscila entre 10% y 15% del valor del ticket.
¿Por qué están infladas la propinas?
Rolando Silva Briseño, vocero del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) en temas de Seguridad Social, explicó a Publimetro que por cultura los mexicanos aceptan y fijan el pago de la propina como un porcentaje de la cuenta total.
Puntualizó que ello implica que en en la cantidad de tal gratificación –de 10% o 15%– está cargado con el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que los consumidores –por ley– deben cubrir por los servicios prestados en restaurantes, hoteles, gasolineras, taxis y otros servicios.
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El especialista precisó, que en plano del deber ser, el porcentaje de la propina debe fijarse a partir del costo del consumo, antes de cargar el IVA; aunque esto último no ocurre ni por asomo y por tanto “todos” los que dejan tal gratificación lo hacen con todo y el impuesto.
Indicó que los consumidores que –pagan voluntariamente– propina están en su derecho de pedir que el porcentaje correspondiente se realice antes del IVA a la cuenta total; pero “vigilar que esto se cumpla es más un trabajo de la Profeco”, de cuerdo a lo establecido por la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Puntos clave
¿Cuántos tipo de propinas existen?
El vocero del CCPM, Rolando Silva, explicó que la propina es una gratificación única, pero que cuenta con tres formas de pago:
Efectivo: que se entrega en billetes o monedas al término de un servicio.
Tarjeta de débito o crédito: que se carga de forma electrónica o digital a la cuenta del cliente; bajo el compromiso de que el patrón o empresa la retribuya a los empleados.
Por contrato: establecida a través de facturas correspondientes a un evento, organización de un festejo, paquetes de viaje con todo incluido o cualquier otro servicio similar.
¿Debo pagar impuestos si recibo propinas?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que las propinas percibidas por los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares y otros establecimientos “son parte del salario del trabajador”.
Por esto último, subrayó, las propinas “deben ser consideradas por el empleado para el cálculo y retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR)”... “No es que el SAT vaya a cobrar impuesto por las propinas, esto siempre ha ocurrido”, subrayó a través del Criterio 43/ISR/N.
¿En realidad se paga ISR por recibir propinas?
Rolando Silva explicó que en términos prácticos la Ley del ISR no obliga a los patrones o empresas a “retener” el porcentaje correspondiente de dicho impuesto.
Refirió que cuando es en efectivo ni siquiera pasa por la manos de la compañía; cuando es por tarjeta no es reportado porque no es un ingreso o pago que realiza el patrón y, si es por contrato, ahí si debería pagar impuestos, pero difícilmente ocurre.