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¿Acoso o despido injustificado? Pasos para interponer una demanda laboral en CDMX

Para interponer una demanda laboral en CDMX es necesario acudir al Centro de Conciliación, en donde la asesoría legal es gratis.

Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México. Foto: Cortesía
Centro de Conciliación Laboral de la Ciudad de México. Foto: Cortesía

A partir del 3 de octubre del 2022 inició un nuevo esquema para atender una demanda laboral en la Ciudad de México (CDMX) con la apertura del Centro de Conciliación Laboral local ubicado en Doctor Andrade No. 45, colonia Doctores, Cuauhtémoc, en donde se puede obtener asesoría gratis.

El objetivo en este Centro es lograr un acuerdo entre las partes en un tiempo máximo de 45 días para así solucionar los conflictos laborales entre el trabajador y el patrón, sin necesidad de llegar a juicio.

¿Cómo inicio una demanda laboral?

  • Puedes realizar tu solicitud acudiendo personalmente a las oficinas donde te ayudarán a realizar tu registro o en la pagina https://ccl.cdmx.gob.mx/
  • Si hiciste tu solicitud en línea es indispensable que acudas a las oficinas a ratificarla, donde se te dará un buzón electrónico. En tanto no ratifiques tu solicitud, no se dará por iniciado el trámite y el tiempo que tienes para ejercer tus derechos laborales seguirá corriendo.
  • Se te notificará a través del buzón electrónico y/o del correo electrónico registrado en un plazo máximo de tres días hábiles, la fecha y hora de tu cita, así como el lugar y número de solicitud.
  • Para acudir a tu cita de conciliación deberás presentar original y copia de tu identificación oficial.

Audiencia de Conciliación

La fecha de la audiencia de conciliación se señalará al momento de recibir la solicitud y deberá efectuarse en un tiempo máximo de 15 días siguientes a su presentación.

En la audiencia deberán considerarse los siguientes aspectos:

  • Las partes deben acudir personalmente a la audiencia.
  • Cuando se trate de empresas, debe acudir su representante legal. El trabajador solicitante podrá asistir acompañado de un abogado o un Procurador de la Defensa del Trabajo, pero no se reconocerá a este como su apoderado por tratarse de un procedimiento de conciliación y no de un juicio.
  • En caso de que el trabajador o el patrón no comparezcan a la audiencia por causa justificada, se señalará nueva cita en los cinco días siguientes.
  • En el desarrollo de la audiencia, el solicitante y la parte citada deberán presentarse debidamente identificadas con documento oficial vigente.
  • Las partes podrán solicitar cuantas audiencias sean necesarias para solucionar el conflicto laboral, siempre y cuando sea bajo los lineamientos que señala la Ley.

Emisión de la Constancia de No Conciliación

Si las partes que se presentaron a la audiencia no llegan a un acuerdo, el Centro emitirá una Constancia de No Conciliación, que permite que la persona solicitante inicie un juicio ante el Tribunal Laboral competente.

La constancia se emite en los siguientes casos:

  1. Cuando el solicitante y la parte citada se presentan a la audiencia y no llegan a un acuerdo.
  2. Cuando solo el solicitante comparece a la audiencia

Cabe destacar que en los Tribunales Laborales se prevé que el caso se resuelva en un tiempo no mayor a seis meses.

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