Este 25 de octubre la Fiscalía General de la República (FGR) informó a través de un comunicado sobre la aprobación de la orden para incautar cinco propiedades del Rafael Caro Quintero, conocido como el ‘Narco de Narcos’.
En el documento la dependencia detalla que la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio (UEMED) recibió la sentencia aprobatoria en la que se declara el ejercicio de acción de extinción de dominio a favor del Gobierno Federal, refiriéndose a cinco predios ubicados en Zapopan, Jalisco.
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La Jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con sede en la Ciudad de México, dictó la resolución en la que declaró judicialmente la extinción del dominio de propiedad de los cinco bienes inmuebles del narcotraficante mexicano a favor del Estado, por lo que en consecuencia se verán afectadas “las finanzas de la delincuencia organizada”.
El texto oficial detalla que “El 25 de octubre de 2019, se presentó ante la Dirección General de Procedimientos Internacionales una petición del Director de la División Penal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, a través del cual solicitó asistencia jurídica internacional para el decomiso de inmuebles que se encuentran en Zapopan, Jalisco, respecto de los cuales se demandó la extinción de dominio en la Corte de Distrito Este de Nueva York, toda vez que fueron adquiridos con recursos procedentes de la venta de narcóticos”.
La solicitud se basaba en que se le diera un seguimiento de publicidad a la demanda de extinción de dominio y los demandados fueran notificados para tomar las medidas necesarias con el fin de preservar los bienes asegurados con forme a la Ley Nacional de Extinción de Dominio, por lo que se ejecutará la acción de extinción de dominio de dichas propiedades.
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Evitan extradición a EU del ‘Narco de Narcos’
La titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, Tania Rosalinda Méndez López, concedió hace unos días la suspensión del traslado del capo, ya que la jueza consideró que no se puede extraditar al capo sin que enfrente un juicio previo en territorio mexicano, basándose en el Tratado de Extradición entre los gobiernos de Estados Unidos y México.
De acuerdo al expediente 1630/2022, la notificación detalla que “se suspenda todo acto tendente a extraditar al quejoso Rafael Caro Quintero del territorio nacional, única y exclusivamente para el caso que sea o haya sido ordenado por alguna de las autoridades señaladas como responsables fuera de procedimiento”.
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